Alcalde de Talca, un peligro para nuestro patrimonio cultural

En la madrugada del 8 de enero de este año un voraz incendio destruyó parte del Mercado Central de Talca, espacio de trabajo para más de cien personas, lugar de ejercicio de un oficio y una forma tradicional de comercio, construcción histórica con gran valor arquitectónico. Pero sobre todo, un inmueble relevante en la memoria, en el trazado urbanístico y en la conformación del imaginario de los talquinos.

Por todo ello el Estado de Chile- a través del Consejo de Monumentos Nacionales- declaró monumento nacional histórico a este Mercado, reconociendo y visibilizando este bien talquino e invitando a su preservación y valoración social.

Nada de esto fue comprendido por el Alcalde de Talca, Sr. Castro.Pero el Alcalde Castro fue más allá. No sólo no comprendió la relevancia histórica, social y cultural del Mercado de Talca. El Sr. Castro no ha hecho nada por contribuir a la conservación de este monumento nacional.

Pero aún, en estos años no quiso postular y solicitar recursos del Programa de Reconstrucción Patrimonial del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, fondo que apoyó la recuperación de bienes dañados por el terremoto del 27F; tampoco ha solicitado recursos al Fondo de Desarrollo Patrimonial del mismo Consejo de la Cultura.

El Sr. Castro ha podido obtener recursos del Estado para restaurar el Mercado de Talca y no ha querido hacerlo. Por el contrario, dejó en el abandono este patrimonio.

Pero no es la única barbaridad patrimonial del Alcalde. Quiso destruir el edificio de Escuelas Concentradas de Talca, se negó a que fueran declaradas monumento nacional e incluso ya declaradas trató de impedir sus efectos accionando ante tribunales.

Perdió, la Corte le obligó a respetar el carácter patrimonial de este edificio y le sentenció a adoptar las medidas para su recuperación. Han pasado meses y el Alcalde nada hace, a la fecha no ha presentado proyecto alguno al CMN para restaurar el edificio ¿qué dirá si llegara a ocurrir un nuevo siniestro, ahora en las Escuelas Concentradas?

El patrimonio cultural es un bien público. Es un espacio de conocimiento y reconocimiento de las personas y comunidades, de visibilización y dignificación del otro, de (re) construcción de identidades, de (re)creación de sentidos de pertenencia, de articulación de proyectos del futuro, de ejercicio de ciudadanía.

Como nos recordaba Fidel Sepúlveda, el patrimonio “es pasado presente en el presente.Es futuro presente en el presente. Es pasado y futuro como presencia presente en el presente, como universo de bienes tangibles e intangibles memorables (dignos de memoria), perdurables (dignos de permanencia), entrañables (sustentadores de vida y de sentido).”

Entonces, la definición actual de nuestro patrimonio cultural expresa una(s) mirada(s) – más o menos democráticas, complejas, plurales y diversas- sobre nuestro(s) pasado(s), sobre nuestra(s) convivencia(s) como comunidad(es) y país, pero también revela una mirada sobre nosotros(as) hoy y nuestro(s) deseo(s) de futuro, devela y es portador de nuestro(s) proyecto(s) de país, de ciudad, de región, de la comunidad que imaginamos ser.

Por ello es tan relevante que el Alcalde, a pesar de sus gustos o disgustos personales, cumpla lo que imperativamente le obliga la ley 17.288 que en su artículo 8 establece “las autoridades civiles, militares y de carabineros tendrán la obligación de cooperar con el cumplimiento de las funciones y resoluciones que adopte el Consejo, en relación con la conservación, el cuidado y la vigilancia de los Monumentos Nacionales.”

Esta Ley, que debe respetar el Alcalde, establece en su artículo 12º “si el Monumento Histórico fuere un inmueble de propiedad particular, el propietario deberá conservarlo debidamente; no podrá destruirlo, transformarlo o repararlo, ni hacer en sus alrededores construcción alguna, sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, el que determinará las normas a que deberán sujetarse las obras autorizadas”.

El Mercado de Talca es propiedad del Municipio de Talca, no es del gobierno regional ni del gobierno central; por ende, el Alcalde- como máxima autoridad del municipio y representante legal de éste, está obligado a conservarlo debidamente.

El edificio Escuelas Concentradas de Talca es del Estado y conferido en comodato al Municipio por el MINEDUC, por tanto como comodatario debe cumplir la obligación de cuidado y conservación.

El citado artículo 12 establece que “la infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con una multa de cinco a doscientas unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 38 de esta ley y de la paralización de las obras mediante el uso de la fuerza pública”.

Más adelante, esta misma Ley dispone en su Artículo 38º “el que causare daño en un monumento nacional, o afectare de cualquier modo su integridad, será sancionado con pena de presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de cincuenta a doscientas unidades tributarias mensuales.”

Entonces, y después de tanta indolencia, omisión e incumplimiento del Alcalde Castro a las obligaciones que le impone la Ley 17.288, lo único esperable y exigible es que el Consejo de Monumentos Nacionales, en virtud del artículo 44 de la Ley 17.288, en cumplimiento de sus atribuciones, deberes y responsabilidades, solicite al tribunal civil competente la aplicación de las multas al Alcalde de Talca, Sr. Castro.

El silencio y falta de acción del Consejo de Monumentos Nacionales ante los Tribunales para sancionar el accionar del Alcalde de Talca sería incomprensible y grave. Por el contrario, la labor diligente del Consejo puede ayudar a proteger a los monumentos nacionales de la bella ciudad de Talca.

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