De errores y horrores

Analizados con seriedad los hechos, es decir el origen y el contenido de la ley nº 19.234 y sus dos modificaciones, las facultades que se otorgó al poder ejecutivo, el papel del ministerio del Interior, del INP y la Contraloría, la intervención de quienes fueron requeridos para certificar determinadas circunstancias para responder a los requisitos exigidos y el momento elegido por el actual gobierno para detonar el caso de los supuestos “falsos exonerados”, no hay otra conclusión responsable, honesta y seria que no sea la de que estamos ante una grotesca y perversa provocación montada por el gobierno.

No es nuevo. Hace años intentaron lo mismo hablando de “falsos desaparecidos” porque se detectó un caso de un personaje que vivía en Argentina y no tenía esa calidad.

Es impresentable que ministros, subsecretarios, parlamentarios oficialistas con el concurso de los medios de comunicación que todos suponemos participan de una verdadera conjura en la que, con torcidos propósitos políticos, el resultado real es que vuelven a golpear los legítimos derechos humanos de muchos miles de chilenas y chilenos.

Vamos por partes. La ley 19.234 de 5 de agosto de1993 fue dictada como consecuencia de la larga lucha de los cientos de miles de despedidos de sus trabajos por la dictadura por el solo delito de pensar que la democracia era mejor que la dictadura. A esas fechas la presión se sentía fuerte en tribunales en donde los trabajadores reclamaban por los despidos ilegales, hasta el punto que la Corte Suprema emitió un pronunciamiento relativo al problema de la prescripción de las acciones judiciales reivindicativas.

Estimó el alto tribunal que el plazo de prescripción no podía comenzar mientras permanecieran las condiciones de falta de garantía para el ejercicio de los derechos impuestas por la dictadura militar. Esto hizo posible una gran cantidad de demandas y si se acreditaba que los despidos eran injustificados se debió haber pagado indemnizaciones, no sólo el Estado sino también los empresarios privados.Para atender los reclamos de las víctimas y para tratar de resolver la acumulación de demandas judiciales, se aprobó esta ley que luego fue objeto de un par de modificaciones aclaratorias.

En cuanto al procedimiento, la calificación de exonerado político se hacía en el ministerio del Interior y Seguridad Pública, Oficina del Programa de Reconocimiento al Exonerado Político, donde se presentaba la solicitud declarando la relación laboral y la motivación política de la exoneración.

Si el exonerado lo fue entre el 11 de septiembre y el 31 de diciembre de 1973 bastaba el relato y la documentación laboral, es decir hoja de sueldo, carta de despido, hoja de cotizaciones de INP, carta de la empresa sobre años trabajados, si es que esa empresa seguía existiendo, etc.

Si la exoneración era desde el 1 de enero de 1974 al 10 de marzo de 1990, se debía agregar además una declaración notarial de tres testigos que acreditaran el relato. Luego, la documentación se enviaba al entonces llamado Instituto de Normalización Previsional, INP ( actual IPS ) en donde se comprobaba las cotizaciones del solicitante y se definía el tipo y monto del beneficio que se otorgaría.

Finalmente, el expediente pasaba a la Contraloría General de la República para su toma de razón. Es decir la aprobación de legalidad de todo lo actuado.

Este recorrido interminable y fatigoso da cuenta de la rigurosidad del proceso y, en el caso que hubiera un solo caso falso, no hay otro responsable que no sea el organismo encargado de velar por la legalidad de lo actuado, es decir la Contraloría.

El informe del 28 de mayo del ente contralor habla de más de tres mil casos de anomalías y pide sumarios. No sólo causa estupor que este organismo desconozca atribuciones que la ley otorgó al ejecutivo, sino que además no tome en cuenta sus propios errores y fallas.

Una primera revisión que hemos efectuado caso a caso detecta ya situaciones como que en el INP, pese a que el solicitante acreditó todos los requisitos y acompañó su cédula de identidad, se le copió erróneamente el número identificatorio y la Contraloría concluye por eso que hay una falsedad, una adulteración, adjudicándola a la víctima, sin constatar que fue un simple error de la institución revisora y en consecuencias que en el expediente respectivo consta que acompañó su carnet y hay fotocopia del mismo.

Por otra parte a estas alturas es necesario aclarar que estas pensiones de exonerados, cuyo promedio no supera los ciento cuarenta mil pesos líquidos mensuales, no constituyen una donación puesto que el pago se hace con cargo a los ahorros de las propias víctimas de la dictadura, es decir son sus dineros, no del Estado. Por cierto, esto lo callan los articuladores del escándalo, incluidos diversos medios de prensa.

Debe señalarse además que se excluyó injustamente a quienes sólo por sus ideas fueron lanzados a la calle en el caso de empresas que no calificaban a efectos de la ley y, es más, incluso en aquellas privadas intervenidas, que por tanto calificaban, pero que después del 73 volvieron a sus antiguos propietarios, donde también se produjeron graves injusticias.

Hay casos grotescos denunciados por el Comando de Exonerados como el hecho de que Contraloría rechazó solicitudes de exonerados que pertenecieron a empresas intervenidas como Fanaloza Penco que la dictadura “vendió” por unos pocos pesos a un grupo de delincuentes de uniforme encabezados por Sergio Arellano Stark, el de “la caravana de la muerte”, que se farrearon los recursos y la empresa quebró. ¿Qué culpan tenían los trabajadores? Pero sus solicitudes fueron rechazadas.

En el “Austral “ de Punta Arenas, Ernesto Águila Mancilla cuenta que siendo prisionero en el regimiento Pudeto fue obligado a presentar una “renuncia voluntaria” a la empresa estatal ENAP. Era precisamente el método usado por la dictadura para no pagar indemnizaciones. Como dice Águila, es perfectamente posible que algunos que se vieron forzados a “renunciar voluntariamente” hayan postulado como exonerados y hasta estén recibiendo una pensión.

Si bien en estricto rigor eso sería completamente justo, desde el punto de vista formal, aparece incorrecto pues si hubo renuncia - aunque haya sido a punta de bayoneta – no hay exoneración porque no hay despido. Ese era el fraude de la dictadura.

Otro ejemplo. Edmur José Fonseca Pereira, investigador de Flacso y Desal desde 1966 y luego profesor de la Universidad de Chile hasta 1974 en la facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, despedido y perseguido por sus ideas, es hoy un exonerado político con todas las de la ley. Pero Contraloría lo objeta por no coincidir sus datos. Hemos revisado sus antecedentes y descubrimos que fue el INP el que cometió un grave error al adjudicarle un número de RUT diferente del real. Pero él figura entre los denunciados.

Se ha denunciado además que se paga pensiones de exonerados a personas que fallecieron, lo que es igualmente falso porque no se le paga a los muertos sino a sus viudas, como es su derecho en el caso que el exonerado cumplía con todos los requisitos pero falleció mientras hacía los trámites.

Por otro lado, como debía tratarse de personas despedidas por razones políticas, es absolutamente normal la exigencia de acreditar que se militaba en una organización partidaria del gobierno constitucional del Presidente Allende lo que explica las declaraciones juradas y las certificaciones de diversos dirigentes políticos. ¿De qué otro modo se podía acreditar?

La mayoría inmensa de los despidos se basaron en informes de los aparatos de inteligencia de las Fuerzas Armadas o de la DINA y más tarde la CNI, pero no podían las víctimas pedirles a sus propios verdugos que certificaran su situación.

En cifras redondas se estima que desde el golpe militar de 1973 fueron lanzados a la cesantía no menos de 500 mil trabajadores, incluyendo tanto el sector público como el privado, la mayoría de los cuales fallecieron antes que se dictara la citada ley 19.234 recién en 1993. Es decir que murieron sin que ellos ni sus familias recibieran nada. Esa es la dura realidad concreta.

Ahora bien, dictada la ley se presentaron aproximadamente 250 mil solicitudes, es decir la mitad de los que hubieran tenido derecho. Y de estas solicitudes sólo habían calificado hasta el año 2010 unas 157 mil personas. Esos son los datos verdaderos.

A los errores descritos debe agregarse que 473 exonerados reciben además la pensión Valech de la ley 19.992 que es incompatible con la de exonerados.

En nuestra opinión se trata de una incompatibilidad arbitraria puesto que los orígenes, causas y motivaciones fácticas y jurídicas de los respectivos beneficios son diversas.

Uno pretende reparar mínimamente los despidos injustificados, otro las torturas y prisiones ilegales, situaciones absolutamente diferentes.Pero así es la ley y podrían ser casos objetados. Pero de allí a hablar de 3 mil situaciones irregulares hay una distancia que sólo cubre el engaño y la mentira. Nada justifica las bravatas del subsecretario Ubilla, ni la insolencia de la ministra del Trabajo, hija de un miembro de la Junta golpista, que reitera su conocida soltura de lenguaje.

Además digamos que de esas supuestas pensiones irregulares la mayoría fueron otorgadas por el actual gobierno, en casos previamente aprobados por Contraloría.

Pero bien, hasta ahora he hablado de errores, reales o supuestos. Hablemos ahora de los horrores perpetrados por los mismos que ponen el grito en el cielo por estos supuestos actos ilícitos que no son tales.

Porque la dictadura de la derecha dejó un saldo horroroso de centenares de miles de víctimas, entre detenidos desaparecidos, asesinados, torturados, violadas y violados, confinados en campos de concentración, desterrados.

A ellos agregó un saldo de miles y miles de chilenas y chilenos que fueron brutalmente despedidos de sus trabajos y lanzados a la miseria y el desamparo junto a sus familias, sin siquiera derecho a enfermarse, sin sistema de salud, por el solo delito de pensar diferente.

El número de mujeres desaparecidas o asesinadas en prisión por la dictadura bordea las 200, de las que aproximadamente un 10% eran mujeres embarazadas de cuyos hijos nacidos en prisión nunca más se supo.

Por eso estimo que un mínimo de dignidad exige reaccionar con fuerza ante esta nueva embestida político – electoral de la derecha cuyo gobierno carece de autoridad para hablar de corrupción, herederos como son de la dictadura más corrupta de la historia de América.

Y a propósito, ¿porqué nada dicen de las pensiones de exonerados que reciben golpistas como Onofre Jarpa, Hermógenes Pérez de Arce y otros avalados en su momento por personeros destacados de la derecha?

Todavía más. En nuestro país, como ha demostrado un reciente estudio de la Universidad de Chile, el 1% más rico de la población se apropia del 30,5% de los ingresos, en tanto que el 0,1%se apropia del 17,6% de los ingresos y el 0,01% de la población se apropia de algo más del 10%. El saldo, lo que queda, se debe repartir entre el 99% restante de los habitantes.Eso sí es corrupción. Eso sí que es un fraude. Pero de eso no habla La Moneda.

El asunto de fondo no es el caso de los supuestos falsos exonerados, sino la enorme deuda pendiente del Estado de Chile que hasta hoy no repara debidamente a quienes fueron víctimas del terrorismo de Estado, como le obligan diversos tratados internacionales que hasta hoy los gobiernos pos dictadura no han respetado.

Y encima se pretende una ley para amnistiar a los asesinos ya condenados por violaciones a los derechos humanos. Y además la Corte Suprema designa una ministra con dedicación exclusiva para investigar estos casos de “falsos exonerados” en circunstancias que le niega dedicación exclusiva a los ministros que investigan violaciones a los derechos humanos.

Se está abusando demasiado de la paciencia de los chilenos.

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