AFP reciben fondos del estado para promover su negocio

El Secretario de ACUSA AFP, Mauricio Díaz, ha difundido un correo electrónico en el que miembros del Colegio de Periodistas reclaman porque el Fondo de Capacitación Previsional, creado por la ley 20.255, no respaldó este año un proyecto presentado por esa entidad para informar a sus asociados de las normas para trabajadores independientes, y, sin embargo, ha entregado para el año 2013, casi 80 millones de pesos a la Asociación de AFP para que promuevan una red de monitores.

Esta aseveración es cierta, según lo establece la Resolución exenta N° 48 de 22 de marzo de 2013 de la Subsecretaría de Previsión.

Además, al visitar la página web de esa Asociación , se puede constatar que los integrantes del directorio son: Guillermo Arthur (presidente), de AFP Capital; J. Antonio Guzmán Matta (1er vice), de AFP Habitat; Joaquín Cortés Huerta, de AFP Provida; Oscar Spoerer Varela, de AFP Planvital, Carlos Bombal Otaegui, de AFP Cuprum y Pablo Izquierdo Walker de AFP Modelo.

De este modo, la entidad premiada, no se trata de una entidad de trabajadores, sino que de los grandes beneficiados con el negocio de las pensiones.

Lamentablemente, esta situación no es nueva. En la página 67 del libro El Gran Engaño que publicamos en Octubre del 2011, mencionábamos la Resolución exenta N° 96 de la Subsecretaria de Previsión de 11 de mayo de 2011, que les otorgó a las AFP cerca de 70 millones de pesos de ese Fondo para convencer a los independientes que coticen.

También el año 2012, la Asociación de AFP A.G. obtuvo una suma similar para un proyecto “Red Nacional de Capacitación y Asistencia Previsional a Microempresarios y Trabajadores Independientes 2”, cuyo perfil y descripción son los siguientes:

Coordinador del Proyecto: Roberto Fuentes Silva; entidad Ejecutora: Asociación de AFP A.G.; entidades Patrocinantes: Confederación de la Producción y el Comercio, Facultad de Economía y Negocios Universidad de Chile.Financiamiento: $ 79.679.469.

Descripción del proyecto : “Desarrollar la red nacional de Encargados de Emprendimiento Comunal creada el 2011, para robustecer la educación y difusión del sistema de pensiones de 7.000 beneficiarios directos, entre los que se encuentran microempresarios, trabajadores independientes y jóvenes”.

Como se ve, se trata de realizar acciones que son propias del negocio de pensiones, entonces, ¿por qué debemos financiarles estas actividades todos los chilenos?

Este Fondo para la Educación Previsional (FEP) surgió como una necesidad de enfrentar las carencias de información que tenían los afiliados, ya que como hemos denunciado reiteradamente, la desinformación ayuda a mantener estos privilegios irritantes de los dueños de estas entidades y retarda la toma de conciencia sobre los abusos.

El Fondo fue una de las innovaciones de la ley 20.255 del año 2008, y tiene como objetivo apoyar “financieramente proyectos, programas, actividades y medidas de promoción, educación y difusión del sistema de pensiones”.

Reconociendo la falta de información, cada año se realiza un llamado para reducir “asimetrías de información respecto de otros actores del sistema” para que sean capaces de cautelar y ejercer sus deberes y derechos previsionales”.

Hasta la fecha, se han realizado cinco Concursos Públicos, incluyendo el del 2013, cuyas conclusiones se exponen en la Resolución exenta ya indicada. Al parecer, la única entidad que se repite en 3 de los 5 años, es la Asociación de AFP.

Precisamente la organización que reúne a 6 empresas que lucran con nuestros fondos, las mismas que ganan más de 600 millones de dólares en un año, que disfrutan indebidamente de exenciones de IVA y, que se muestran insaciables en la tarea de utilizar los fondos públicos en su beneficio.

Pensamos que por ley debe prohibirse el acceso a las AFP a estos recursos, ya que con ello financian a su propio equipo, ya que el señor Roberto Fuentes Silva, un destacado profesional, que aparece como coordinador del proyecto, es Jefe del Departamento de Estudios de esa Asociación de empresarios.

Si las AFP se consideran una industria, muy especial, ya que administran como propios aportes obligatorios de 10 millones de afiliados, han percibido durante más de 30 años el 25% de lo que estamos obligados a enterar para previsión, pensiones y seguro de invalidez y sobrevivencia, pago que debemos hacer a todo evento, aunque nos den pérdidas como en los últimos años o ganancias, ¿no es escandaloso que, además, obtengan estos recursos para incrementar su negocio o reducir costos?

Se hace necesario un análisis de las entidades favorecidas para evaluar el uso de estos recursos, lo que haremos próximamente, ya que los dineros de este Fondo deben emplearse para difundir los aspectos esenciales del sistema, conocer sus debilidades y preparar respuestas apropiadas.

Porque hay tanto desconocimiento sobre las miserables pensiones que pagan las AFP y las tremendas ganancias que obtienen, es que se hace urgente apoyar financieramente a organizaciones de trabajadores y Colegios Profesionales para que sus asociados entiendan su grave situación y actúen para presionar por los cambios indispensables.

Finalmente, para cooperar con los profesionales independientes dedico estas líneas para contestar una pregunta ¿Quiénes NO están obligados a cotizar? No estarán obligados a cotizar los trabajadores a honorarios que estén en alguna de las siguientes situaciones: *

-Que al 1 de enero del 2012 tengan 55 años de edad o más, en el caso de los hombres, o 50 años de edad o más, en el caso de las mujeres.

-Que están acogidos a pensión de vejez, vejez anticipada, o invalidez total, salvo pensionados por invalidez de la ley de accidentes del trabajo.

-Afiliados que coticen mensualmente en calidad de trabajadores dependientes por una remuneración igual al límite máximo imponible mensual (actualmente 67,4 UF).

-Independientes cuya renta anual sea inferior al Ingreso Mínimo mensual vigente a diciembre del año al que corresponden las rentas.

-Que pertenezcan al Instituto de Previsión Social (ex INP); Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca); o Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

• Fuente Superintendencia de Pensiones.

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