Reforma al Código de aguas, cuestión de equidad

Chile es un país dependiente del exterior en materia energética y no solo eso sino que también ostenta ser el único país del mundo en que el agua es privada, por tanto la idea de legislar la confirmación del agua como un derecho fundamental es un gran avance que se esperaba hace más de 30 años, ya que el actual el Código de Aguas vigente del año 1981 no da respuesta a los duros embates de la sequía y del cambio climático que hoy por hoy azotan a gran parte de nuestro país, provocando una aumento sustantivo de la desertificación en regiones que anteriormente contaban con mayor disponibilidad del recurso hídrico.

En consecuencia en un escenario de cambio climático y aumento de demanda por el recurso hídrico reformar el Código de Aguas se hace necesario para asegurar el agua para el consumo humano como prioridad.

El proyecto de ley que actualmente está en la Cámara Alta con indicaciones del Ejecutivo y con amplia participación de organizaciones de regantes, directivas de sistemas de agua potable rural, ONG´s, SNA (Sociedad Nacional de Agricultura), representantes del sector minero, etc., busca en primera instancia modificar el régimen jurídico sobre el uso de las aguas, pasando del otorgamiento de derechos de aprovechamiento de aguas en forma perpetua a concesiones temporales administrativas limitadas a un máximo de 30 años prorrogables, a fin de velar por la sustentabilidad de las fuentes naturales de agua y no con un propósito expropiatorio como un sector intencionadamente y maliciosamente lo pretende mostrar.

Dado que aquellos derechos de agua ya otorgados y actualmente en uso continuarán siendo de carácter indefinido. Por otra parte se pretende castigar a los especuladores y titulares de derechos de aguas llamados “ociosos”, quienes acaparan el agua y no la utilizan, de tal modo que la devuelvan al Estado y sea redistribuida a quienes realmente la necesitan buscando así un sentido común, ético y equitativo.

Es dable señalar que el proyecto de reforma al Código en discusión no solo tiene un sentido político sino que un sentido social lo que se justifica en que el uso prioritario del agua será para consumo humano, coherente con haber suscrito como país la declaración de las Naciones Unidas que señala el acceso al agua como un derecho humano, añadiendo a esto el beneficio que tendrán los Sistemas de Agua Potable Rural, los pequeños agricultores, las comunidades indígenas y en general todo usuario para extraer el agua sin solicitar los derechos de aguas siempre y cuando el uso del recurso hídrico sea para un fin de subsistencia.

Sin embargo y como es la tónica de discusión de este tipo de proyectos no puede quedar fuera la protección y el cuidado del medioambiente, por tanto un planteamiento esencial que promueve el proyecto de reforma dice relación con impedir el otorgamiento de derechos de agua en glaciares, en áreas declaradas bajo protección oficial de la biodiversidad y en acuíferos que alimenten vegas, pajonales, humedales y bofedales andinos.

En consecuencia, el proyecto en discusión busca responder el cómo enfrentamos la cruda escasez hídrica y el cambio climático, fenómeno que llegó para quedarse y que paralelamente devela el fenómeno ético al comprobar que el agua se encuentra mal distribuida o que algunos abusan del recurso hídrico sin importarles dañar los derechos de terceros o la biodiversidad.

Esto hace necesario fortalecer tenazmente las atribuciones de administración recaídas en la Dirección General de Aguas, lo que implicaría tipificar las infracciones con sanciones ejemplificadoras de mayor cuantía a las actuales y entregar mayores atribuciones a su rol fiscalizador.

Es de esperar que este proyecto llegue a buen puerto, ya que no será un triunfo político de un sector u otro, sino que un triunfo para las presentes y futuras generaciones que aclaman ser parte de una sociedad más justa, solidaria e inclusiva. 

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