Aula segura ¿represión o solución a la violencia en la escuela?

Las condenables e impactantes imágenes de la agresión a un carabinero en el Liceo INBA, se da justo en el momento en que la discusión de Aula Segura se encontraba fuertemente cuestionada por profesores de derecho y especialistas en educación.

Para mi sorpresa, el video era del 2 de octubre, siendo revelado recién transcurrido 9 días, donde tampoco se nos informa si se detuvo o no a los responsables de la agresión y, además, a esto cabe agregar que, pese a que el Gobierno utilizó los videos para emplazar a la oposición a su aprobación, este tipo de agresiones no están contempladas en el proyecto como causal de expulsión, es decir, no tiene relación alguna con los hechos que vimos.

Esto refleja que la propuesta por el Ejecutivo trata de buscar soluciones mediáticas, rápidas y efectistas a un problema que va de fondo, que es la violencia como forma de expresión y manifestación en la comunidad educativa, la cual se enfoca en la formación y educación de nuevos ciudadanos.

Ha habido un acuerdo que el proyecto es malo al presentar evidentes deficiencias legislativas. Lo anterior, debido a que la facultad de expulsión directa ya la tiene hoy el director del establecimiento cuando un estudiante “atente directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar” (Art. 2° DFL 2 de 1998).

Pero, esta expulsión debe realizarse a través de un procedimiento racional y justo, que garantice la defensa del estudiante afectado y donde tenga derecho a solicitar la reconsideración de la medida ante la misma autoridad dentro de 15 días de decretada la medida, quien resolverá con consulta al Consejo de Profesores.

Lo que hace el proyecto es no innovar demasiado, sino que se remite a otorgar al Director una atribución de expulsión directa a un estudiante, sin  este derecho a descargo o defensa, y contemplando solo un recurso de reconsideración de cinco días, cuando el estudiante cometa alguna de las siguientes conductas.

Posesión, tenencia y almacenamiento de armas y de artefactos incendiarios.

Agresiones físicas que produzcan lesiones a docentes, asistentes y manipuladoras (no a carabineros).

¿Porqué ha sido criticado entonces por especialistas si persigue tan noble causa como erradicar la violencia en las escuelas? 

Porque la notificación de expulsión, no exige una acreditación rigurosa de las conductas que se le imputan al estudiante, vulnerando consigo la presunción de inocencia, lo que, de ser mal utilizado,  puede servir para la persecución de dirigentes movilizados.

Porque no se le otorga un plazo de respuesta al expulsado, ya que los cargos o acusaciones que se realizan, son a su vez la sentencia que permite su expulsión.

Porque el plazo breve de reconsideración no permite una adecuada defensa, como última instancia.

La gravedad de las falencias que tiene este proyecto, significaría que en el futuro sería puesto en cuestionamiento constantemente ante las Cortes y el Tribunal Constitucional, por lo cual no tendría ninguna aplicación práctica en los términos que se encuentra formulado hoy.

Si el objetivo del proyecto es separar de manera rápida al estudiante de la escuela en caso de delitos graves, esto se cumpliría consagrando legalmente causales de suspensión, como medidas cautelares, cuando existan presunciones fundadas de participación, suspensión que se mantendría mientras el estudiante es investigado y juzgado por los hechos que se le imputan, que pueden ser plazos, pero que deben garantizar un procedimiento justo y racional, como señala la misma ley.

Recordemos que, hasta los peores violadores de derechos humanos, donde se encuentran genocidas o criminales de lesa humanidad, han tenido derecho a un debido proceso.

Recordemos los juicios de Nuremberg contra criminales nazis, o los largos procedimientos contra militares en nuestro país, donde hemos esperado 40 años por la llegada de justicia.

Entonces, considerando que en este caso se trata de adolescentes, o niños considerando la definición de la Convención de Derechos del Niño ¿Por qué tenemos que prohibirle este derecho básico a ser juzgado si es que existen alternativas para proteger a la comunidad escolar? 

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