Sotanas y justicia, emparejar la cancha

Hace pocos días atrás, tras asumir la vicepresidencia del Senado, renuncié a contar con la escolta policial a la que por ostentar dicho cargo podía optar. Este sencillo gesto administrativo, fue muy bien recibido por los habitantes de la región de Los Ríos que represento, pues se entendió que tal medida tenía que ver con asumir que ejercer una responsabilidad, por muy alta que sea, no nos hace distintos del resto de los ciudadanos y ciudadanas. 

Es lo que en general una sociedad chilena más informada y opinante tiene sobre ciertas formas que debieran tener en cuenta sus autoridades o representantes, pero ya no solo en el ámbito de lo público, sino también en la esfera de otras entidades, tales como las iglesias que, por diversas razones, han sido cuestionadas en los últimos años. 

Es lo que explica, por ejemplo que tras haberse entregado la nacionalidad por gracia en el 2008 al sacerdote irlandés John Reilly, al conocerse las acusaciones de abuso sexual contra menores que pesaban en su contra y por las cuales resultó siendo condenado a una pena de 4 años, ésta se le revocó el 2015. La misma medida está actualmente en trámite respecto de la nacionalidad otorgada el 2006 al cardenal Ezzatti. 

Asimismo, al menos desde 2015 ya se venía hablando de terminar con dos artículos del Código de Procedimiento Civil que desde 1902, y hasta hoy, permiten que puedan declarar en el domicilio que fijen dentro de la jurisdicción del tribunal, el Presidente de la República, los ministros de Estado, los senadores y diputados, los subsecretarios, pero también el arzobispo y los obispos, los vicarios generales, los provisores, los vicarios y pro vicarios capitulares; así como los párrocos, dentro del territorio de la parroquia a su cargo. 

Este año la Cámara de Diputados ya aprobó con 117 votos a favor y una abstención, en primer trámite, el proyecto de ley que elimina los privilegios de autoridades eclesiásticas en cuanto a temas judiciales y procesales, buscando poner al hecho de que deba ser el tribunal el que se tiene que trasladar para tomarle declaración a un religioso y no al revés, sobre todo tratándose de delitos comunes.

Ciertamente se trata de un anacronismo que no cabe en la lógica de un Estado que se supone está separado de la Iglesia, desde 1925. 

Una segunda iniciativa se encuentra pendiente de discusión en la Cámara Baja. Se trata de aquella que busca establecer la obligatoriedad para los religiosos de denunciar ante el conocimiento de abusos sexuales. En el marco de esa discusión, una indicación del diputado Leonardo Soto, propone establecer que en caso de la omisión del deber de denuncia no se aplique solo una multa, sino que se asimile a la sanción penal del encubrimiento, de manera de hacer más efectiva esa norma. 

En síntesis, y aunque algunos quieren ver detrás de estas iniciativas una cierta “mano dura” contra las iglesias, la verdad es que se trata, a estas alturas del siglo XXI, simplemente de actualizar una parte del catálogo de medidas y procedimientos que enfrentados a delitos como el abuso sexual infantil o la pedofilia, o al ocultamiento y encubrimiento de hechos graves, no pueden seguir existiendo privilegios procesales que, por cierto, persisten en otros ámbitos como el de la justicia militar. 

La sociedad actual nos demanda a todos no sólo actos voluntaristas para avanzar en transparencia, probidad e igualdad ante la ley.

Sin duda son muchos aspectos y normas que habrá que modificar para que no se instale la percepción de que la cancha es demasiado dispareja y hay actores relevantes que, escudándose en uniformes, sotanas o la voluntad popular, están del lado de la cancha donde la mano de la justicia nunca llega.

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