Transición del régimen político territorial en la continuidad del proceso constitucional

  • Coescrita con Federico Arenas Vásquez, doctor en Ciencias Económicas y Sociales, mención Geografía

Conocidos los resultados del plebiscito constitucional de salida del 4 de septiembre de 2022, corresponde prospectar cómo el necesario giro político territorial del Estado-País-Nación de Chile debiese deliberarse en la siguiente Asamblea-Convención Constituyente (la República-la polis). Para ello no son pocos los sustantivos y complejos antecedentes a considerar para tales propósitos, los que creemos, parecieran ser ineludibles de tener en cuenta, más allá del resultado plebiscitario consignado.

En un primer lugar, es insoslayable la denominada geografía de la multitud, en cuanto expresión social y formalización conceptual de una acción colectiva diversa y territorializada, sin conducción tradicional en partidos políticos, gremios, organizaciones sociales civiles clásicas, como un Colegio de Profesores, una Central Única de Trabajadores, estudiantados (Confech, Aces, etc.), entre otros, sino que sólo por la constatación de brechas globales ("nacional/intra-nacional" y también "internacional") en lo económico, social y político, mediadas por importantes dispositivos de publicidad devenidos en comunicación política interesada, donde quienes tienen los recursos financieros, hacen lo que tienen que hacer, ¡influir!

Otro aspecto sustantivo se encuentra en la geografía económica en la que se organiza el país, la que permite una vulnerabilidad en cuanto a la sostenibilidad región por región, comuna por comuna, permitiéndose una incertidumbre en la satisfacción de necesidades sociales/materiales/simbólicas y de otra naturaleza, impidiendo una mejor calidad de vida de numerosas personas, detonando malestar social y procesos migratorios internos que buscan mejores posibilidades para la vida, concentrándose en centros urbanos en general, y en la Región Metropolitana en particular (la constante histórica del país), hecho que además debería cruzarse con el incierto escenario de futuro económico que implica la inflación, la que según indican la/os especialistas en el área, se encontraría en proceso de intensificación.

La combinación entre recursos naturales y necesidad de concreción del proceso productivo logrado por capitales nacionales e internacionales (inversión privada directa) obliga a una mirada y acción territorializada y descentralizada, que permita un mayor crecimiento económico regional y local, cautelando los equilibrios ecológicos sea en el océano, en la zona costera, en la cordillera, la depresión intermedia, como también en los centros urbanos donde los mismos se procesan, consumen o exportan como resultado del comercio internacional relacionado con estas latitudes. En esta línea, la acción descentralizada en la gestión de los mismos precisa de una aceleración siempre recomendada, pero siempre también contenida, dado los atávicos niveles de centralismo político y cultural que impiden avanzar más rápidamente en justicia territorial y desarrollo más armónico del territorio nacional.

Relacionado con esto, entender el litio, el cobre, los suelos, el agua, entre otros recursos naturales, como "estratégicos" en función del ejercicio soberano de las/os chilenas/os -vía el Estado- se hace ineludible. Es la base del desarrollo futuro, en los mayores grados de certidumbre que sean posibles en el deseable y urgente mayor valor agregado productivo de los mismos (tecnificación-industrialización).

Anclado a lo anterior, la problemática del agua es insoslayable de abordar y resolver, no sólo porque se precisa para el consumo humano entendido como un derecho (conculcado, para muchas personas en el país), sino porque es central para el logro de la producción económica en los rubros de la agricultura, la energía, la industria y otros, y también porque la misma debe entenderse como una variable indisociable del espacio geográfico o territorio, y sobre todo de su ordenamiento y planificación. Una parte de lo consignado en la propuesta de texto constitucional rechazado, constituye una fuente legitima desde lo técnico e institucional para seguir avanzando, haciendo de las cuencas hidrográficas una importante referencia para la gestión integrada del agua, en cuanto al consumo humano como un derecho y como parte del proceso productivo.

El espacio geográfico, en cuanto abstracción analítica del objeto de estudio de la geografía y de las ciencias sociales en general, por una parte, y por otra el territorio y el lugar, como concreción política, cultural y vivencial del mismo, en la interrelación sociedad-naturaleza y/o sociedad-entornos físicos y humano-culturales, tuvieron tienen y tendrán un orden en función de las convenciones/leyes que logren las sociedades. En ese sentido, entonces, la idea de ordenamiento territorial es una que debe prolongarse en problematización nutritiva de cara al nuevo proceso/proyecto constitucional, más cuando se tiene como aspecto central a la descentralización como proceso que fortalece desarrollo económico, sustentable, equilibrado y con justicia territorial concreta, junto a una democracia más profunda (deliberativa y participativa), es decir, territorializada y vinculante.

Este principio ordenador, adecuadamente proyectado en la nueva propuesta constitucional, debiese cautelar estratégicamente la idea de una ciudad justa, como también la de espacios de ruralidad re-perfilados, no sólo entendidos como la base que permite más desarrollo y más democracia, sino que como un marco que disminuye consecuencialmente las probabilidades de desastre y catástrofes socio-naturales. Es decir, por la vía de este principio el riesgo socio-natural, vía un comprensivo ordenamiento territorial de espacios urbanos y rurales, debiese disminuir a tal grado que permita mejorar la calidad de vida de las mayorías populares, las que en más de una oportunidad sufren la ciudad no justa, la ruralidad no justa.

El nuevo escenario constitucional, en esta búsqueda de un dispositivo redactor de un nuevo texto, que se espera en participación ciudadana y política, dado el mandato del acuerdo del 15 de noviembre de 2019, encuentra en estos aspectos una batería ineludible, no sólo porque ha sido abordado en dos proyectos constitucionales anteriores (Bachelet II y Convención Constitucional 2022), sino porque es la realidad inmanente que vecinas y vecinos del país vivencian día a día, mes a mes y año a año, en una asimetría material y simbólica en cuanto a la satisfacción de necesidades vitales y sociales que, no cubiertas, atentan contra la dignidad de la persona humana, como de las colectividades que se emplazan en uno u otro lugar o territorio del espacio geográfico chileno. Estos aspectos (más otros), sin lugar a dudas, son los que le entregan contenido a esta transición político territorial en marcha y enmarcan la continuidad del proceso constitucional vigente.

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