Una proposición de trabajo constructivo para la nueva Constitución

Estamos frente al Apruebo o Rechazo de la nueva Constitución (N-constitución) elaborada por la Convención Constitucional elegida por el pueblo de Chile, bajo mandato plebiscitario aprobado por amplia mayoría. Chile sufriendo indeciblemente por ingresos miserables de muchos ante irritantes altos ingresos de pocos, jubilaciones ofensivamente bajas, crueles listas de espera en los servicios de salud, deudas impagables en la educación, injusticias en la distribución de la propiedad, del ingreso, del poder, de la calidad y estilo de vida, de la calidad de vivienda y barrio de residencia se manifestó en el estallido social y gritó basta a esta situación producida bajo la Constitución del '80, impotente para solucionar esas injusticias y que contribuyó a aumentarlas.

Chile conminó a políticos y fuerzas de la comunidad para elaborar una nueva Constitución para iniciar los cambios hacia una sociedad permanentemente justa. Chile decidió terminar con la Constitución del '80 y todas sus reformas, toques cosméticos que no cambiaron su ideología de fondo, capitalista, explotadora, neoliberal, anti-Estado, individualista, mercantil e indolente ante el sufrimiento humano.

La Convención Constituyente elaboró un proyecto de nueva Constitución (N-Constitución) y estamos cerca del plebiscito de salida. Partidos y corrientes de opinión plantean el Rechazo argumentando que tiene errores severos que atentan contra la democracia, no contribuye a la unidad de los chilenos y otros argumentos. Otros partidos y corrientes de opinión están por el Apruebo, como única forma de terminar realmente con la Constitución actual y lograr una N-Constitución que aprobada pudiere modificarse posteriormente. No he oído a nadie que plantee que debe aprobarse sin más y empezar a implementarla sin modificación. Avanzamos una enormidad gracias al trabajo de los constituyentes y definido tres situaciones que parece que todos compartimos:

  1. Fin definitivo de la Constitución del '80
  2. Cualquiera que sea el resultado, gane el Apruebo o el Rechazo, se necesita una Constitución distinta a la propuesta con cambios menores, medios o mayores en diferentes temas
  3. Incorporar en la N2-Constitución más de una decena de condiciones o caracteres que no estaban en la anterior y que todos aceptan como necesarios: pueblos indígenas; término del estado subsidiario; derechos de la naturaleza; resguardo ecológico; propiedad de la riqueza de Chile realmente de los chilenos y otros temas de debate público. Aunque gane el apruebo deberá hacerse un acondicionamiento de la N-Constitución y aunque esto no fuera necesario deberá estudiarse muy acuciosamente su puesta en marcha.

Entonces es necesario hacer un estudio y decisión de una N2-Constitución que tenga como base la N-Constitución exenta de errores judiciales, incongruencias, contradicciones con cuerpos legales, éticos, ideológicos, religiosos y de conciencia (no solo relacionados con aborto y eutanasia). Podemos pensar en un cuerpo neo-constituyente con esa labor desde ya. Para mí debe ser un cuerpo más pequeño que la Constituyente, creo que 51 personas son suficiente. Elijo 51 porque es divisible por 3 y puede manejarse en 2/3 y 1/3 con diferente origen de personas todas elegidas por el pueblo; en este caso la Constituyente y el Parlamento. Este cuerpo constituyente (CuCo, no suena muy bueno) tendría entonces 34 personas que fueron constituyentes y 17 parlamentarios, 10 diputados y 7 senadores. Le faltaría al CuCo el componente técnico experto en Constitución; serían todos los profesores de derecho constitucional del país que quisieran participar, aunque en una modalidad distinta a los elegidos por el pueblo (ver más abajo). La elección de estos N2-constituyentes puede hacerse por varios mecanismos:

  1. Al azar, es el que más me gusta
  2. Los más votados en sus votaciones originarias, el empate en el último puesto se define por azar
  3. Proporcional a las coaliciones políticas y ciudadanas que existieron en la N-Constituyente o en el Parlamento, la que menos me gusta porque reproduce lo sucedido
  4. Otras a definir. Los profesores de derecho constitucional (ProDeCo) tendrán una función técnica. Se definen sesiones semanales realizadas por el CuCo que produce un articulado, con posiciones única, o de mayoría y de minoría o más variada. Estas posiciones son examinadas el fin de semana por los ProDeCos que, sin alterar el fondo de lo elaborado, proponen al inicio de la semana no más de tres textos a votar. En la votación los ProDeCos tendrán derecho a medio voto (o menos) por cada uno. Medio voto porque se estima unos 10 profesores que con medio voto si todos votan igual harían 5 votos que no llegan a igualar el estamento menor de senadores con 7 votos; si son muchos más se varía su ponderación hasta sea menor que 7.

Se trata que las proposiciones sean tan sólidamente argumentadas que las decisiones sean por convicción. Esta N2-Constituyente tendrá un plazo de 6 meses para dar su resultado final. Si gana el apruebo y no hay que reformar la N-Constitución, este cuerpo se constituirá en un asesor para la implementación de la Constitución.

La N-Constitución tiene problemas de precisión y entendimiento elemental, dice: "Art 1 Chile es un Estado social y democrático de derecho". Bien, pase, pero esto ¿niega que sea un Estado individual de derecho? No, sería impensable que el Estado solo garantizara los derechos sociales y no los individuales. Todos los Estados son sociales e individuales de derechos o no son Estado. El no definirlo como Estado individual de derechos tiene que garantizar los derechos individuales por articulados propios y la N-Constitución gasta muchos artículos en esto: "Art 4 las personas nacen y permanecen libres; Art 18 Las personas naturales son titulares de derechos fundamentales... Art 21 toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad personal ..." y sigue una serie incontable de derechos individuales que nadie sabe quién, qué y cómo se garantizarán (¿un organismo estatal? casi infinito). Si quisieron evitar Estado subsidiario (no está en la Constitución actual) condición netamente neoliberal de producción mercantil, el antónimo es principal o solidario no social. Pero primero deben definir el sustantivo Estado por sus funciones lo que no aparece en la N-Constitución (gran decepción) y luego sus adjetivos.

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