TPP11

El Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP), o TPP11, es un acuerdo suscrito por 11 países que reúnen más de 500 millones de personas y significan el 13% de la actividad económica global. Los detractores del TP11 señalan que se restringirán los medicamentos genéricos, las semillas se privatizarán y se resguardarán los intereses de grandes transnacionales en desmedro de las necesidades nacionales.

Todos son temas del capítulo de propiedad intelectual, texto que ha provocado las discusiones más intensas entre los 12 países signatarios. Sin embargo, en estas materias no hay ninguna obligación superior a los estándares del TLC con Estados Unidos, ya en vigor hace más de una década, ni tampoco choca con la legislación vigente en Chile. Los únicos posibles conflictos fueron eliminados al retirarse Washington de las conversaciones.

Por eso llama la atención la solicitud del presidente de la Comisión de Salud de la Cámara Baja, para ingresar un proyecto de ley que incluya dentro de la negociación de las side letters el artículo 18.53, que obliga a implementar un sistema llamado linkage, para vincular la propiedad intelectual actualmente en el INP al registro sanitario que recibe el ISP. Esto ya está comprometido a implementar en el TLC vigente. Apelando a una interpretación, Chile no lo ha hecho, razón por la cual ha sido incluido año tras año en "priority watchlist" o "lista roja" de países en observancia por no cumplir con los estándares comprometidos en materia de propiedad industrial.

El TPP no cambia nada. Además, el artículo 18.6 establece que las obligaciones no impiden ni deberán impedir a las partes adoptar medidas para proteger la salud pública y promover el acceso a medicinas para todos, manteniendo intacto el sistema nacional vigente en cuanto a las leyes que actualmente regulan la propiedad intelectual relacionada con medicamentos.

Una de las desinformaciones más viralizadas en redes sociales es que con el TPP11 se elimina la posibilidad de intercambiar semillas y plantas, dado que obligaría a Chile a firmar el acuerdo de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV-91), pero que ya está rectificado en el acuerdo de 2011. Es cierto que su implementación aún está pendiente, porque depende de una ley que debe tramitarse en el Congreso, pero la firma del TPP11 no cambia las obligaciones que Chile asumió anteriormente en materia de semillas ni agrega compromisos adicionales.

Como se ve, el TPP plantea pocas novedades en propiedad industrial. La patentabilidad de invenciones derivadas de plantas, más allá de la polémica que rodea a los detractores de este tipo de derechos, sigue básicamente la misma línea de nuestra Ley de Propiedad Industrial. Incluso insta, en su artículo 23.5, a que los países miembros reconozcan y promuevan "el desarrollo de la educación, ciencia y tecnología, investigación e innovación ya que pueden desempeñar un rol importante en la aceleración del crecimiento, mejora de la competitividad, creación de empleos y expansión del comercio y la inversión entre las partes".

La discusión hoy está cargada de prejuicios y consideraciones ideológicas, carentes de sustento técnico que impiden evaluar los beneficios de la iniciativa, que ya ha sido ratificada por nueve de sus 11 miembros. Urge una mirada objetiva y desideologizada del texto del acuerdo.

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