Ley de integración social y urbana, el diablo está en los detalles

El día 3 de abril de este año, la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados aprobó la idea de legislar el proyecto de ley de integración social y urbana, la que entre otras cosas a parte de cambiarle el nombre al ministerio de Vivienda y Urbanismo, más conocido como MINVU que ahora pasaría a llamarse ministerio de Ciudad y Vivienda, con una sigla más difícil, MINCIV, permite concesionar suelo urbano para el desarrollo de proyectos inmobiliarios por parte de privados que contemplen una cuota de vivienda social, además de permitir la creación de zonas de integración urbana.

En principio suena muy bien, quien podría oponerse a la integración social en un país tan segregado como el nuestro, pero si algo hemos aprendido como sociedad, es que muchas veces iniciativas muy buenas como esta, tienen detalles que conllevan futuros problemas, como fue el caso de los medidores de la luz, que partió como una muy buena idea para que las personas damnificadas por desastres naturales les repusieran su medidor, pero salió algo distinto cuyos efectos ya conocemos.

Una de las cosas a lo que los legisladores deberán poner atención en esta discusión es, en primer lugar, por qué se habla de zonas de Integración Urbana, desapareciendo el concepto de Integración Social que tan bien le queda al nombre del proyecto de Ley, el que define estas zonas como las que podrán tener viviendas de integración social, sectores deficitarios que permitan inversión pública o desarrollo urbano de usos mixtos. Si uno lee con atención puede entender que a esto último es a lo que se refiere la famosa Integración Urbana, ya que no se entiende que se abandone el concepto de integración social en los enunciados.

Otro tema a prestar a atención es cómo se definen estas zonas de integración urbana, las que una vez definidas en la región, serán remitidas desde la SEREMI MINCIV (va a costar acostumbrarse a esa sigla) a nivel central para su aprobación o se podrán definir directamente desde el nivel central o a solicitud de cualquier interesado.

Esto plantea en primer lugar un retroceso importante en lo que se refiere a la descentralización del Estado, facultando a una División de dicho Ministerio a definir zonas en que se podrán construir cosas distintas a las aprobadas en un plan regulador, ya que el mismo proyecto señala que en caso de discordancia en lo planteado en un Plan Regulador, primarán las zonas de integración urbana. 

Este proyecto además señala que dichas zonas se definirán con consulta a la respectiva Municipalidad, esto se traduce en que con consultar se cumple con ese requisito, el Municipio se puede oponer, pero como la consulta no es vinculante, no tendría ningún efecto. 

¿Qué significa esto en la práctica? 

Bueno, significa que a mí como desarrollador me puede interesar realizar un proyecto determinado, pero no puedo hacerlo por las limitaciones que me establece el Plan Regulador, el que fue realizado por el Municipio y la comunidad. Como la Ley señala que cualquier interesado puede solicitar la Zona de Integración Urbana (ya nos olvidamos de la integración social) puedo ir directamente al ministerio de Ciudad y Vivienda a solicitar los cambios y beneficios que me interesan, saltándome al Municipio y la comunidad, y como se señala que la opinión del Municipio no es vinculante, basta con convencer al encargado en nivel central de los beneficios de dicho proyecto.

Por otro lado, es el alcalde el que tiene la relación directa con la comunidad y si por ejemplo, ha trabajado con ellos y ha definido el tipo de ciudad que quieren, no tendría herramientas para controlar lo que ocurre en el territorio que a él le toca administrar al definir un ente centralizado lo que se pueda construir, lo que a la larga va a generar un conflicto, en el que la persona que tomó la decisión, no se verá afectado, ya que es un conflicto local, pero si lo tendrá el alcalde con su comunidad.

Es bueno que se discutan y se busque mejorar las leyes que rigen el desarrollo de las ciudades, pero hay que tener claro los efectos que esto puede conllevar; si un proyecto es bueno, la municipalidad y la comunidad deberían apoyarlo y así poder tener una modificación rápida y específica del Plan Regulador, lo que actualmente no se puede hacer, ya que esto toma años. Por ejemplo, si necesito construir un jardín infantil en una zona y el Plano Regulador no lo permite, debo modificarlo, lo que toma mucho tiempo y puedo perder el financiamiento.

No estoy en contra de tener una herramienta que permita hacer cambios concretos y específicos en una zona, pero esto debe contemplar un proceso local. Cuando Steve Jobs quiso construir el nuevo campus de Apple en Cupertino, tuvo una reunión con el equivalente al consejo Municipal para que le aprobaran su proyecto, no fue a la Casa Blanca a hablar con el presidente ni con el Gobernador de California. 

¿Por qué no mejor establecer y promover la participación local en proyectos que puedan obtener mayor holgura respecto a la norma establecida en un Plan Regulador y que sea aprobado por el consejo municipal y su alcalde, en lugar de poner el tema entre medio de una ley cuyo fin es la integración social y la concesión de terrenos para su desarrollo? 

Y por favor denle otra vuelta a esa sigla.

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