La Corte de Apelaciones de Rancagua revocó este martes un fallo de primera instancia y acogió una demanda de indemnización por falta de servicio presentada en contra del Estado de Chile por un caso de trauma ocular ocurrido durante el estallido social.
El reclamo fue interpuesto por un hombre que sufrió un traumatismo ocular severo durante una manifestación en San Fernando (Región de O'Higgins) el 20 de octubre de 2019, causado por disparos de perdigones efectuados por Carabineros.
Esta decisión unánime de la Segunda Sala del tribunal de alzada establece un precedente importante en casos de uso desmedido de la fuerza.
La Corte determinó que el demandante, Nicolás Bernardo Flores Rivas, fue impactado en su ojo izquierdo y abdomen por perdigones, lo que resultó en una discapacidad visual del 70%.
La sentencia subraya que los disparos "se hicieron a la parte superior del cuerpo del demandante y a una distancia inferior a la establecida en los respectivos protocolos" de Carabineros.
La sentencia argumenta que la falta de servicio se configura debido a que la policía militarizada "actuó con falta de servicio, por cuanto el uso de la escopeta antidisturbios para controlar la manifestación de que se da cuenta en la demanda se realizó defectuosamente, es decir, se actuó mal en relación a los protocolos que debía cumplir en dicha actividad, operando en consecuencia, dicho actuar defectuoso como un factor de imputación que genera la consecuente responsabilidad indemnizatoria" del Estado.
Como resultado de esta determinación, la Corte revocó la sentencia original que había rechazado la demanda por daño moral y, en su lugar, acogió la demanda de indemnización por daño moral, presentada por los abogados Felipe Leiva Fadic, Guillermo Chahuan Chahuan e Ignacio Mujica Torres, en representación de Flores Rivas.
Finalmente, el Fisco fue condenado a pagar a la víctima la suma de 90 millones de pesos por concepto de daño moral.
Además, se estableció que esta suma "se reajustará y devengará intereses corrientes desde que esta sentencia quede ejecutoriada", asegurando así una compensación justa y actualizada para el afectado.