Una fuerte polémica y gran preocupación ha causado la liberación del venezolano Osmar Ferrer Ramírez, el principal sospechoso del homicidio de José Reyes Ossa, conocido como el "Rey de Meiggs", empresario de 43 años que fue asesinado en la comuna de Ñuñoa el 19 de julio.
El crimen del "Rey de Meiggs"
El empresario José Felipe Reyes Ossa, conocido como el "Rey de Meiggs", fue asesinado el 19 de junio en la comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana. El crimen se ejecutó en plena vía pública y con armamento de grueso calibre.
La Fiscalía lo calificó como un homicidio con características de sicariato. Tres personas fueron formalizadas por su presunta participación, entre ellas Osmar Ferrer Ramírez, de nacionalidad venezolana y 18 años de edad, quien habría sido uno de los autores materiales del ataque.
El 9 de julio, durante la audiencia de formalización, el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago decretó prisión preventiva para Ferrer, por considerarlo un peligro para la seguridad de la sociedad y por existir riesgo de fuga. Esta medida fue notificada de forma habitual a los intervinientes y debía ejecutarse de inmediato.
Segundo oficio
Sin embargo, en un lapso de aproximadamente 10 a 15 minutos después del dictamen, el mismo tribunal emitió un segundo oficio judicial que, sin justificarlo jurídicamente, revocaba la prisión preventiva que se había decretado.
Los antecedentes del Poder Judicial señalan que, a las 20:17 horas del 9 de julio, se envió un documento ordenando la prisión preventiva del imputado, el que quedó sin efecto por un error en los datos de los imputados. Sin embargo, tres minutos después fue corregido.
Este nuevo documento fue tramitado por vía electrónica y tenía el mismo origen institucional que el anterior.
La jueza Rodríguez afirmó que no hubo dolo de su parte. (Foto: ATON)
El 10 de julio, Gendarmería liberó a Osmar Ferrer, acatando el segundo oficio recibido electrónicamente, el cual estaba firmado digitalmente por la jueza Irene Rodríguez Chávez.
La orden no fue cuestionada por los funcionarios penitenciarios, dado que contaba con todos los elementos de validez formal: canal oficial, firma digital y código de verificación.
La jueza Rodríguez Chávez habló con el canal 24 Horas y afirmó que no hubo dolo en su proceder. Señaló que únicamente firmó los tres oficios vinculados a la prisión preventiva de los imputados, y que no tenía conocimiento de ninguna orden de excarcelación. Dijo además que el procedimiento fue administrativo y que no existió intención alguna de alterar la decisión judicial.
La explicación del Poder Judicial
La cronología del hecho la explicó la presidenta subrogante de la Corte Suprema, la ministra Gloria Ana Chevesich: "Se corrigió lo que dice relación con el nombre y el DNI de de esta persona y, a las 20:28, se emitió una nueva orden de ingreso a este imputado a prisión preventiva".
"El día 10 de julio, a las 12:11 horas, se comunicó la primera resolución, aquella que había corregido la anterior y dejaba en libertad, pero a las 14:13 del mismo día se comunicó, por correo electrónico a Gendarmería de Chile, la orden que dispuso la prisión preventiva que está plenamente vigente", relató.
Según los antecedentes, dicho correo electrónico presuntamente fue ignorado por Gendarmería, que descartó una vulneración de los sistemas del tribunal y la hipótesis de falsificación de dicho oficio.
De esta manera, una de las hipótesis que toma más fuerza obedece a un eventual error de comunicación entre el tribunal y Gendarmería, lo que deberá ser aclarado en la investigación penal, a cargo de la Fiscalía Occidente, y también por el sumario administrativo que instruyó el tribunal de alzada.
"En virtud de los acontecimientos de los cuales tomamos noticia ayer, convoqué a un pleno extraordinario, el cual se llevó a efecto y se tomó la siguiente decisión: En primer lugar, se decidió iniciar una investigación administrativa a cargo de un fiscal judicial, el cual será determinado en su momento", explicó Fernando Carreño, presidente del tribunal de alzada de Santiago.
Libre desde hace cinco días
Desde el momento de su liberación, el 10 de julio, hasta el lunes 15, Ferrer permaneció en libertad sin que existiera una orden activa de búsqueda.
La alerta internacional y la recaptura se activaron recién después de que el caso se hiciera público en medios de comunicación.
La Fiscalía emitió una nueva orden de detención y solicitó apoyo internacional a través de Interpol.
Reuniones de Alto nivel
La cuestionada excarcelación del imputado también derivó en reuniones de alto nivel entre el Gobierno y el Poder Judicial para aclarar las circunstancias de la liberación de Ferrer, instancia en que el ministro de Seguridad Pública, Luis Cordero, exigió explicaciones ante la polémica orden.

"Estamos a la espera de lo que informe el Poder Judicial y, por cierto, es una situación compleja y absolutamente inexplicable y que requiere de, al menos, (una) identificación adecuada de los hechos durante la mañana de hoy", aseveró el ministro.
El fiscal nacional, Ángel Valencia, adelantó: "Se va a revisar todos los protocolos y los procesos de trabajo respecto del sobrechequeo, contrachequeo, y revisión de las órdenes que disponen la prisión preventiva y las libertades de de imputados que están en una situación de especial peligrosidad y las comunicaciones que se producen hoy día entre los tribunales y Gendarmería. Vamos a participar de ese proceso de trabajo".
"Fragilidad sistémica"
La abogada penalista y académica de la UNIACC, Doris Espinoza, comentó que "lo ocurrido obliga a una revisión profunda de los principios que sustentan el debido proceso y la seguridad pública. Estamos ante un hecho de enorme gravedad".
Espinoza sostuvo que "la primera alerta jurídica es clara: la prisión preventiva tiene carácter de orden judicial obligatoria mientras no sea modificada por resolución firme. No basta un simple 'oficio de liberación', si no se verifica su coherencia con la resolución judicial que impuso la medida cautelar".
Además, explicó que "el documento de liberación no fue puesto en conocimiento de todos los intervinientes del proceso, especialmente el Ministerio Público, lo que debió constituir una alerta institucional".
"Aquí se rompen pilares fundamentales del sistema penal, como el principio de legalidad, al ejecutarse una orden que podría no haber tenido sustento jurídico válido; el debido proceso, ya que las partes no fueron notificadas debidamente de la modificación de una medida cautelar; y la seguridad pública, al dejar en libertad a un imputado vinculado a organizaciones criminales, hoy prófugo", agregó.
"Este caso -añadió- no es solo una anécdota alarmante: es un síntoma de una fragilidad sistémica. En un país donde el crimen organizado comienza a instalarse, la justicia no puede darse el lujo de cometer este tipo de errores. Porque el verdadero riesgo no es solo la fuga del imputado, sino el mensaje de impunidad que se instala en la sociedad. La confianza pública en nuestras instituciones no se puede permitir otra fisura".