El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago acogió a trámite una reclamación presentada por una empresa y un particular que poseen concesiones mineras en la Región de Coquimbo, lo que anula la declaración del Santuario de la Naturaleza Río Sasso en la comuna de Monte Patria.
La decisión se tomó luego de que el órgano jurisdiccional determinara que el Ministerio del Medio Ambiente no notificó a los dueños de las concesiones antes de declarar el área como santuario en 2023.
Según la sentencia, que reprodujo Emol, la cartera tenía conocimiento de la existencia de las concesiones mineras a través de un informe técnico del Consejo de Monumentos Nacionales, que advertía la presencia de concesiones de exploración y explotación en la zona. A pesar de esto, no notificó a los afectados, lo que constituye un "vicio procedimental esencial".
El fallo explica que el Ministerio tenía la obligación de notificar a los interesados para que pudieran presentar sus alegaciones y pruebas, ya que el Decreto Supremo Nº 3/2023 afectaba sus derechos. Este incumplimiento, según la sentencia, constituye una "grave omisión por parte de la autoridad", que transgrede lo dispuesto en los artículos 10 y 41 de la Ley Nº 19.880.
Como resultado de la omisión del Ministerio, el Tribunal Ambiental invalidó el acto reclamado y el Decreto Supremo Nº 3/2023, enfatizando que se transgredió "el ejercicio del derecho fundamental a un debido proceso", al no permitir que los interesados tuvieran la oportunidad de formular alegaciones y aportar medios de prueba antes de que se tomara la decisión final.