La Fiscalía Nacional aclaró este viernes que el Senado aprobó una normativa para castigar con penas de cárcel a "cualquier persona" que filtre información de una investigación judicial y no sólo a los fiscales.
Esta aclaración del Ministerio Público viene tras la publicación de un artículo en La Tercera que hacía mención explícita a que esta sanción, aprobada por la comisión de Constitución, iba dirigida a los persecutores.
"La información es parcial, inexacta e induce a error al lector ya que la norma aprobada por el Senado sanciona a cualquier persona que vulnere las normas de secreto establecidas por el Código Procesal Penal", indicó el Ministerio Público a través de su web.
"De hecho, la norma aprobada no menciona en ningún momento a los fiscales como sujeto particular de sanción, toda vez que esta situación ya estaba regulada para todos los funcionarios públicos en los artículos 246 y 247 del Código Penal por medio de la figura general de violación de secretos", agrega la declaración.
El ente persecutor destacó además que "el artículo 182 del Código Procesal Penal establece el secreto de la investigación para terceros ajenos a la investigación, ya que la divulgación de información durante la investigación perjudica el éxito de la investigación y las posibilidades de esclarecimiento de los hechos indagados".
Según La Tercera, en el marco de la discusión de la agenda corta antidelincuencia, los legisladores acordaron sancionar con "pena de presidio menor en su grado mínimo a medio", de 61 a 540 días, a quien revele información de las indagatorias.
Fiscal que participó en idea: Se busca resguardar el éxito de la investigación
Esta modificación a la nomrativa se da a conocer en medio de las críticas del mundo político a revelaciones en las indagatorias del caso SQM y Penta, entre otras investigaciones.
En esta línea, el jefe de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, Andrés Montes, enfatizó en La Tercera que "esta norma en ningún caso tiene por objeto o propósito sancionar a los fiscales que difundan información. Es de carácter general aplicable a cualquier persona que difunda información que esté sujeta al secreto de la investigación".
El persectuor, quen participó en la discusión de la normativa como fiscal nacional subrogante, indicó además que con esta medida "se busca resguardar el éxito de la investigación, reservando el secreto de las diligencias investigativas".
Fiscales: "Es inevitable ponerse suspicaz"
Por su parte, Claudio Uribe, presidente de la Asociación Nacional de Fiscales, cuestionó este tipo de sanciones, las que consideró que sólo favorecen a quienes se encuentran "cercanas al poder y a los grandes capitales".
"Hay políticos investigados y personas que financian habitualmente campañas electorales. Entonces, es inevitable ponerse suspicaz frente a una norma que en el fondo pretende amordazar a los fiscales y a los abogados que colaboran en las investigaciones", indicó a La Tercera.
"No veo interés público en el tipo penal que se está estableciendo, por cuanto es una norma que ayudará a muy pocas personas, todas ellas cercanas al poder y a los grandes capitales. No estoy defendiendo que se filtre información, no corresponde, pero eso está hoy suficientemente resguardado, tanto a nivel de sanciones administrativas y penales", añadió Uribe.
"El único sentido de introducir un nuevo tipo penal es tener una permanente arma de presión para usarla como una forma de impedir que se sepa siquiera que algún poderoso está siendo investigado", remarcó.
En este marco, el jurista publicó en su Twitter que los fiscales no son "partidarios de Leyes Mordaza", aludiendo a la sanción aprobada.