Acusación constitucional contra el juez Ulloa avanzó de la Cámara al Senado

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Por amplísima mayoría, los diputados dieron luz verde al libelo, que puede llevar a la destitución e inhabilitación del magistrado, cuestionado por sus vínculos con Luis Hermosilla.

Acusación constitucional contra el juez Ulloa avanzó de la Cámara al Senado
 ATON (archivo)

El único respaldo que recibió Ulloa en su impugnación a la AC provino de la diputada María Luisa Cordero (Ind-RN).

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Por amplia mayoría, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados declaró admisible este miércoles la acusación constitucional presentada contra el juez de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa, una decisión que, en la práctica, lo suspende de su cargo y lo lleva a enfrentar un proceso decisivo en el Senado.

Esta medida se suma a una suspensión previa que ya pesaba sobre el magistrado por parte de la Corte Suprema de Justicia.

La votación en la Cámara de Diputados reflejó un amplio consenso, con 141 votos a favor de declarar admisible la acusación. Hubo solo un voto en contra, emitido por la diputada María Luisa Cordero (Ind-RN), y dos abstenciones, correspondientes a los diputados José Miguel Castro (RN) y Sergio Bobadilla (UDI).

La acusación se estructura en tres puntos principales. Primero, se le imputa al ministro Ulloa la falta al deber de reserva por la filtración de resoluciones de causas clasificadas. Segundo, se señala una vulneración al deber de abstención e imparcialidad en sus decisiones judiciales.

Finalmente, se acusa una intervención indebida en nombramientos, lo que comprometería los principios de probidad, imparcialidad e independencia inherentes a su cargo.

En la sesión, la diputada Alejandra Placencia, del Partido Comunista, leyó extractos relevantes de la acusación, mientras la defensa persiste en desvirtuar cada uno de los hechos imputados, argumentando que la acusación "se basa en denuncias sensacionalistas de la prensa".

Durante la jornada, se observó también un gran despliegue para evitar el contacto del juez con la prensa.

Cámara rechazó cuestión previa

Se trata de una aprobación esperada, dado que, durante esta mañana, la defensa del juez presentó una cuestión previa que fue mayoritariamente desestimada, siendo respaldada solo por la diputada Cordero.

El planteamiento de la defensa, encabezada por el abogado Domingo Hernández, se basó en que los diputados Daniel Manouchehri y Daniella Cicardini, ambos socialistas y promotores de la acusación, estaban inhabilitados para ello por tener interés directo en la causa penal contra Ulloa en la que son querellantes.

Otro punto central de la defensa es el principio de non bis in idem (no dos veces sobre lo mismo). El abogado Hernández argumenta que la Corte Suprema ya se pronunció sobre la conducta de Ulloa, determinando que no era "tan reprobable como para removerlo".

En este sentido, el abogado enfatizó: "¿Es concebible que una persona que no tiene el mal comportamiento que amerita su remoción por la Corte Suprema pueda, sin embargo, haber protagonizado un notable abandono de deberes sustancial o materialmente? Son exactamente lo mismo. Es un doble juzgamiento".

A pesar de estos argumentos, la votación en la Sala fue contundente en contra de la cuestión previa. El resultado fue de 127 votos en contra y 15 abstenciones, un escenario que implica que la acusación será revisada en su mérito por la Cámara.

Posturas de los diputados y el debate

Durante el debate, distintos parlamentarios expresaron sus posiciones, entre ellos el parlamentario José Carlos Mesa (Republicanos), quien aclaró que su decisión no estaría influenciada por la animadversión personal hacia el diputado Manouchehri, quien lo ha intentado vincular con el caso del robo de cables de cobre en Coquimbo.

"No hay un interés personal involucrado, pero además el inciso segundo es más claro: No regirá este impedimento en asuntos de índole general. Refuerza justamente esta idea", comentó el parlamentario.

Por su parte, el diputado Frank Sauerbaum (RN) indicó que "lo ocurrido en la Corte Suprema pertenece al ámbito disciplinario, mientras que lo que hoy nos convoca se desarrolla en una sede constitucional y política, con causales, estándares y procedimientos distintos".

"No estamos aquí para revisar una sanción administrativa, sino para determinar si la conducta imputada constituye una infracción grave a los deberes esenciales del cargo", puntualizó.

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