El Servicio de Impuestos Internos (SII) dictó este jueves una resolución que reitera las exigencias legales para la emisión de facturas en supermercados y restaurante, restringiendo su uso de forma exclusiva a la compra de bienes o servicios relaciones con el giro o actividad del comprador, que son las únicas que dan derecho al crédito fiscal IVA.
En detalle, el organismo, con el "objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria", establece de manera expresa que este tipo de establecimientos deberán emitir boletas de ventas y servicios para todas las transacciones realizadas con consumidores finales.
La medida establece que no procederá, por tanto, la emisión de facturas para transacciones que involucren bienes o servicios de consumo personal o que no se encuentren directamente relacionados con el giro o actividad económica del comprador, caso en el que se deberá emitir una bolera de venta de bienes y servicios.
"No puede ser que la gente va con un carro de supermercado, mete cualquier cosa para la casa y después lo pasa por la empresa. Eso es un fraude", dijo el director del SII, Javier Etcheberry, en una rueda de prensa.
"En el caso de los restaurantes, la emisión de facturas solo se realizará cuando el consumo esté relacionado con el giro o actividad económica del cliente. En caso de consumo personal o familiar, debe emitirse una boleta", destacó.
En el caso de los supermercados, el SII establece que:
- La emisión de facturas se realizará cuando los bienes comprados estén directamente relacionados con el giro o actividad económica del comprador.
- En caso de compra de bienes para fines personales corresponde la emisión de boleta de ventas y servicios.
- Si el supermercado cuenta con más de 10 cajas, solo el 10% podrá emitir facturas.
- Si el supermercado tiene menos cajas, solo una podrá emitir facturas.
- En el caso de los supermercados que venden productos para comercios minoristas, no se aplicará este límite.
En el caso de los restaurantes:
- La emisión de facturas se realizará cuando el consumo esté relacionado con el giro o actividad económica del cliente.
- En caso del consumo personal o familiar deberá emitirse una boleta de ventas y servicios.
- Para emitir una factura, la persona que pague la cuenta deberá presentar su e-RUT e indicar el motivo del consumo.
Según indica el SII, el personal a cargo en estos recintos -al momento de emitir una factura- debe pedir la presentación del e-RUT donde conste el usuario autorizado y registrado para su uso, además de verificar la identidad del portador del e-RUT (cédula de identidad), registrar en la factura el número de RUT del portador autorizado del e-RUT que efectúa la compra y en el detalle de la factura indicar destino de la compra.
El restaurante o supermercado que incumpla la obligación de otorgar el documento tributario que corresponda, podrá ser sancionado con una multa del 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA.
También arriesga la clausura de hasta 20 días del establecimiento o sucursal donde se cometió la infracción.
En tanto, el comprador que no exija la emisión de la documentación tributaria que corresponda, podrá ser sancionado con una multa de hasta 20 UTM.
Las medidas entrena en vigencia desde el próximo 1 de marzo.
Marcel: La moral tributaria es una cuestión que nos compete como sociedad
Por su parte, el ministro de Hacienda Mario Marcel señaló que es el fin de la pregunta ¿boleta o factura? en los supermercados.
En ese sentido, señaló que "hay dos preguntas que son legítimas de hacer: una, ¿por qué tiene que estar preocupado el supermercado de controlar si la compra que se está haciendo con factura es legítima o no? Aquí tenemos que tener claro que las obligaciones tributarias son para todos los que participan de una transacción, para el que compra y el que vende. Y en la medida que todos nos preocupemos que se cumplan con las obligaciones tributarias, eso beneficia al país en conjunto".
"La segunda pregunta es: bueno, ¿por qué van a ir a controlar a quien hace una compra en el supermercado, cuando la evasión grande está en otra parte? Primero, porque la moral tributaria es una cuestión que nos compete como sociedad, es para todos los contribuyentes, y segundo porque cuando hay una evasión a pequeña escala y se multiplica por muchas veces, la evasión es igual de grande", sostuvo.