Corte Suprema ordenó paralización del parque eólico de Chiloé

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Autor: Cooperativa.cl

La justicia acogió el recurso presentado por comunidades indígenas.

Se determinó que la Comisión de Medioambiente tuvo un actuar arbitrario.

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La Corte Suprema determinó que la construcción del parque eólico de Chiloé debe paralizarse, acogiendo así un recurso de protección presentado por un grupo de comunidades indígenas.

ImagenEn fallo unánime, la Sala Constitucional atendió la acción cautelar solicitada por la comunidad Antu Lafquén de Huentetique, que pidió revertir la resolución que calificó favorablemente el estudio de impacto ambiental para la construcción de dicho proyecto.

En el documento se detalla que hubo un actuar arbitrario de la Comisión de Medioambiente al no realizar la consulta a la comunidad indígena de acuerdo al convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que determina que la opinión de dichos habitantes es fundamental.

De esta manera, al no realizarse la consulta, las comunidades no tienen la posibilidad de influir en la implementación, ubicación y desarrollo del proyecto a fin de proteger sus derechos y garantizar el respeto en su integridad, y se especificó que desplegar información no constituye un acto de consulta a los afectados.

La justicia determinó además que el proyecto se asienta en un lugar donde se encuentran hallazgos arqueológicos de una cultura originaria, prescindiendo de la participación de ésta para proteger su patrimonio histórico y cultural.

Los ministros de la corte citaron un estudio antropológico de 2011, el que detalla que "se reconoce el valor patrimonial y la significación simbólica que las comunidades le otorgan a los sitios arqueológicos identificados, relacionados con sus prácticas ancestrales", especialmente  la zona de Playa Mar Brava, lugar de asentamiento del proyecto.

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