El modelo de aguas hace agua

Día mundial de la tierra y vale la pena hablar del recurso que permite el desarrollo de la vida sobre ella.En ese sentido, es necesario plantear el tema del agua desde la perspectiva del desarrollo sustentable, dado que permite abordar el análisis no sólo desde el punto de vista económico, también desde el ambiental y el social.

El modelo chileno de gestión de agua tiene su raíz en el Código de Aguas de 1981, texto legal que fuera tramado y promulgado en plena dictadura, cuando las preocupaciones de la sociedad civil definitivamente eran otras.

Este cuerpo leguleyo, plasmó en su esencia el mismo modelo neoliberal que hoy está impregnado en todas las esferas de la sociedad chilena: educación, salud, minería, por nombrar algunos sectores de importancia.

Esto es necesariamente cierto, dado que la ideología de reducir la intervención del Estado a su mínima expresión (corriente Neoliberal), queda expresada en el modelo hídrico chileno al entregar las decisiones a la “mano invisible del mercado”. Para lograr esto, se requirió de un fuerte amarre legal: el derecho de propiedad.

Esto se construye principalmente con dos elementos legales. El primero proviene del artículo N°5 del Código de Aguas donde se establece que “las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas”. Es decir, el agua es un bien de toda la nación, entregándosele a los usuarios un derecho gratuito y perpetuo que les permite aprovechar este recurso para su interés particular.

El segundo elemento legal para completar este entramado, fue sellado por la intelectualidad pinochetista de la época en la Constitución de 1980, al consagrar la privatización más acérrima existente en el mundo en materias de agua: “Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos” (Artículo N°19).

Y sabido es que el diablo está en los detalles, dado que lo anterior significa que el derecho de propiedad recae sobre el uso de las aguas y no sobre las aguas mismas, las que en teoría siguen siendo un bien de toda la nación. Una verdadera trampa legal.

Todo esto podría sonar bien y aceptable en la teoría. Pero sabido es que el mercado no tiene consideraciones sociales ni menos ambientales.Luego casi por definición, un sistema hídrico que opera sobre la base del libre mercado no es sustentable, agregando que en este caso el Estado tiene un casi nulo poder de intervención y regulación.

Por poner un ejemplo, Endesa tiene casi el 90% de los derechos de agua no consuntivos en este país, generando una situación de monopolio en el sector hidroeléctrico, lo cual no genera precisamente la eficiencia que se le pedía al modelo privatizador, una de las grandes justificaciones para reemplazar “la ineficiencia” estatal.

Sabido es que los monopolios poco regulados tienen el incentivo a cobrar precios más altos y producir menos, colocando el interés particular por sobre el público, algo inaceptable en materia energética para un país que aspira a ser desarrollado.

Agua transable en el mercado y una nula capacidad estatal para planificar proyectos ni establecer alguna prioridad ambiental. No se habla de equidad y participación ciudadana, variables prácticamente ausentes en este modelo hídrico.

El modelo de agua chileno no prioriza entre usuarios, más bien se basa en la competencia mercantil entre éstos. Por ejemplo, en el norte el uso para consumo humano entra a batallar directamente con el uso de agua para la minería. Situación que va en desmedro del derecho humano al agua reconocido explícitamente por la ONU en resolución 64/292. Ni hablar de los derechos ancestrales de agua con aplicación del Convenio 169.

Desde el punto de vista económico y del interés nacional, la eficiencia prometida con este modelo de mercados de agua ha resultado contradictoria. Por ejemplo, en las regiones donde el agua es más escasa, el valor del derecho de agua aumenta exorbitantemente y quienes terminan adquiriéndolos y concentrándolos son los grandes actores de la minería o industria.

Éstos últimos utilizan el agua como un insumo clave para su producción y generan millones de dólares en utilidades gracias a este vital recurso, lo cual bajo un régimen tributario que les resulta siempre favorable terminan llevando el beneficio neto por el uso de un bien nacional hacia arcas extranjeras.

Es decir, no hay un mecanismo directo y eficaz que permita direccionar parte de los beneficios obtenidos por el uso del agua hacia el Estado, y orientarlos hacia metas sociales o causas de interés público.

El diagnóstico, desde un punto de vista sustentable parece lapidario. El mercado de aguas hace agua, porque tal cual como rige hoy en Chile dista mucho de plantear soluciones a futuro, los abusos y concentración de poder en esta materia son hechos públicamente conocidos y serán cada vez más marcados en el futuro, con el agravante adicional que presentará el cambio climático.

La democracia debe servir como instrumento efectivo para redistribuir las asimetrías de poder que existen en la sociedad, cuando no lo hace, el sistema comienza a perder su legitimidad y urgen las reformas.

Es lo que pasa en Chile en materia de aguas, luego la sociedad civil debe prestar atención a las propuestas y ofertones electorales sobre este tema, sabido es que el demonio está en los detalles.

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