Ripley deberá pagar 21 millones de pesos tras agresión de guardia a adulta mayor en Antofagasta

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

La Corte de Apelaciones determinó que la victima sufrió un atentado contra su dignidad tras ser insultada y agredida por personal de seguridad al interior de la tienda.

Ripley deberá pagar 21 millones de pesos tras agresión de guardia a adulta mayor en Antofagasta
 ATON (referencial)

Este fallo se enmarca en una denuncia interpuesta por el SERNAC, luego de recibir el reclamo de la mujer afectada.

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La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a la multitienda Ripley al pago de una multa de 300 UTM (cerca de 21 millones de pesos al valor de septiembre) por infringir la Ley del Consumidor, luego de que un guardia de seguridad del local insultara y agrediera a una adulta mayor, provocándole diversas lesiones.

El hecho ocurrió el 9 de febrero de 2024, cuando la mujer acudió al local para que le retiraran un sensor de seguridad de una prenda comprada días antes. Al retirarse, fue interceptada por un guardia de seguridad, quien la insultó, acusó de robo y la agredió físicamente, provocándole lesiones en un brazo y en la espalda.

La víctima constató las lesiones en el Cesfam Sur de Antofagasta y luego presentó un reclamo ante el Sernac. Tras la denuncia interpuesta por el organismo, el Primer Juzgado de Policía Local rechazó el caso, pero la Corte de Apelaciones revocó esa decisión, acogiendo los argumentos del servicio.

En su sentencia, el tribunal de alzada sostuvo que la consumidora "no solo ha quedado con lesiones, sino que se ha visto señalada, detenida y forzada en un lugar público", lo que constituye un atentado a su dignidad.

El director nacional del Sernac, Andrés Herrera, destacó que el fallo confirma que las empresas deben actuar con profesionalismo y que "si bien es legítimo que cuiden su negocio, en ningún caso pueden tomar medidas que vulneren los derechos y la dignidad de los consumidores".

La Ley del Consumidor establece que los guardias sólo pueden poner a disposición de la autoridad competente a una persona sorprendida en un ilícito, sin posibilidad de insultar, golpear, discriminar ni registrar contra su voluntad. En caso contrario, las compañías arriesgan multas de hasta 300 UTM.

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