Tras años de batalla judicial, la Corte Suprema dictó este miércoles un fallo que obliga al Fisco a pagar una indemnización de 100 millones de pesos al sobreviviente de una ejecución extrajudicial practicada por agentes policiales casi un mes después del golpe de Estado de 1973.
Según estableció la Justicia, Luis Abraham González Plaza fue detenido por Carabineros el 12 de octubre de 1973, en la fuente de soda "El Sauce", en la comuna de Puente Alto, y conducido a la 20° Comisaría de Puente Alto, donde fue interrogado y posteriormente conducido a la 4° Comisaría de Santiago, en donde fue recluido en un calabozo, para ser finalmente fusilado, junto con los demás detenidos, en la ribera del rio Mapocho y dado por muerto.
El dictamen del máximo tribunal, emitido por la Segunda Sala, acogió un recurso de casación contra un fallo previo que había rechazado una demanda de la víctima bajo la figura de "cosa juzgada".
La Corte argumentó que esta excepción no puede aplicarse en casos que involucren violaciones graves a los derechos humanos, ya que el Estado tiene el deber ineludible de reparar integralmente los daños, un principio consagrado en los tratados internacionales ratificados por Chile.
La sentencia destaca que los tribunales chilenos están obligados a aplicar el "control de convencionalidad", interpretando las leyes nacionales en armonía con las normativas internacionales de derechos humanos. En este sentido, el fallo critica el error de derecho de la sentencia anterior, que priorizó el Código de Procedimiento Civil por sobre los tratados internacionales.
La Corte enfatizó que, según el derecho internacional, un Estado no puede excusarse del cumplimiento de sus obligaciones "porque se lo impide su legislación interna".
El fallo, que se fundamenta en principios como el derecho a una reparación integral y la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, establece que la institución de la cosa juzgada "debe ceder ante el derecho a una reparación integral derivado de los tratados internacionales en materia de derechos humanos".
La Suprema reconoció la validez de fallos anteriores, pero dejó claro que la primacía de los derechos humanos, amparada por la Constitución Política de la República, es irrefutable.
La dictadura civil militar de Augusto Pinochet (1973-1990) dejó al menos 3.200 opositores asesinados, de los que 1.469 fueron víctimas de desaparición forzada.