Caso Frei: CDE apeló a la sentencia del juez Madrid
El organismo se suma a la familia del ex Mandatario, que también pidió recalificar el delito como homicidio calificado.
Eduardo Frei Montalva falleció en la Clínica Santa María, en enero de 1982.
El organismo se suma a la familia del ex Mandatario, que también pidió recalificar el delito como homicidio calificado.
Eduardo Frei Montalva falleció en la Clínica Santa María, en enero de 1982.
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) apeló a la sentencia del juez Alejandro Madrid, en su calidad de querellante en el caso Frei Montalva.
De esta manera, el organismo se suma al resto de los demandantes que solicitaron que se recalifique el delito de homicidio simple por homicidio calificado y se eleven las penas.
Ayer lunes, la ex senadora Carmen Frei, hija del ex Mandatario, acompañada de los abogados Nelson Caucoto y Francisco Ugás, también presentó una apelación al fallo del juez Madrid pidiendo que se investigue la muerte de su padre como "un delito imprescriptible, de lesa humanidad", lo que abriría la posibilidad de investigar a más personas.
Ugás manifestó que "tenemos una firme convicción de que en definitiva la calificación jurídica del hecho y las penas establecidas en la sentencia del ministro Alejandro Madrid deben ser enmendadas: de calificarse los hechos de homicidio simple a homicidio calificado por la premeditación conocida y por el empleo de veneno. Deberían en definitiva traducirse en una elevación de las penas que se han impuesto en la sentencia de primera instancia".
En su sentencia, el juez Alejandro Madrid condenó a penas de entre tres y 10 años a los responsables de la muerte del ex Presidente Frei, hecho ocurrido en la Clínica Santa María, en enero de 1982.
Defensa: No hubo homicidio
En la contraparte, el abogado Raúl Meza, quien representa al ex agente de la CNI Raúl Lillo, condenado en esta causa, dijo que buscará probar la inocencia completa de su defendido.
"Creemos que no existe ninguna circunstancia que justifique la existencia de un homicidio calificado ni tampoco de homicidio simple. Aquí nunca existió ni dolo ni intención de cometer homicidio; lo que existió simplemente fue una mala praxis médica", afirmó Meza.
"Esperamos que en segunda instancia, al incorporarse nuevas pericias extranjeras, especialistas en toxicologías, además de nuevos antecedentes probatorios, se acredite fehacientemente la inocencia del imputado Lillo", añadió el abogado.