La justicia absolvió al Jorge Escobar Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo, quien estaba acusado por el delito de abandono del menor con resultado de muerte.
En fallo unánime del Tribunal Oral en lo Penal de Cañete se declaró la inocencia de Escobar en la desaparición del niño de tres años y siete meses, en la localidad de rural de Caripilún –en la comuna de Arauco, en febrero de 2021, quien fue encontrado fallecido nueve días después.
La justicia determinó que las acciones que tomó Jorge Escobar, que relató y testigos reafirmaron, dieron cuenta que él nunca abandonó a su nieto, sino que el menor simplemente se perdió.
De acuerdo a lo relatado por el tribunal, el 17 de febrero del 2021, cerca de las 20:00 horas, Escobar junto al menor salieron a arrear animales. En eso, el adulto responsable dejó al niño en una loma para evitar entrar a una quebrada y pudiese tener una caída. Momento que se le perdió el rastro.
"Las circunstancias objetivas ya descritas impiden inferir que el acusado haya conocido y consecuencialmente querido generar una situación de riesgo para el niño, por lo que no se configura el dolo exigido por el tipo penal. Así, de los hechos acreditados, es posible advertir que la conducta desplegada por el acusado iba dirigida a proteger al niño, evitando que pudiera lesionarse al bajar por una quebrada de difícil tránsito", dijo el presidente del TOP de Cañete, Ricardo Piña.
Agregó que "al no haberse acreditado que el acusado haya desplegado la conducta de abandonar en los términos exigidos en el correspondiente tipo penal, se concluye que dicha conducta no es punible".
Asimismo, en el fallo se hizo una grave recriminación al Ministerio Público y se señala que es "muy difícil" que se conozca la verdad penal de este caso, ya que, no se tomaron las providencias para resguardar el sitio del suceso al momento de la desaparición, ingresando más de mil personas al lugar, borrando toda evidencia. Además, una vez encontrado el cuerpo, este fue removido antes de la llegada del Servicio Médico Legal.
"Durante el desarrollo del juicio quedó de manifiesto que existieron una serie de irregularidades que afectaron la calidad de la evidencia aportada, como por ejemplo, la falta de resguardo del sitio del suceso, el cambio de posición del cuerpo antes de que llegara la médico legista, etcétera. Todo lo cual mermó la posibilidad de obtener una verdad procesal", afirmó el juez Piña.
Por ello, "este tribunal ha resuelto por unanimidad de sus integrantes absolver a Jorge Eduardo Escobar Escobar".
Defensa: La versión de Escobar fue permanente, sin ningún tipo de modificación
Por su parte, el abogado defensor de Escobar, Osvaldo Pizarro, destacó que "la versión del señor Escobar fue reconocida como una versión permanente en el tiempo desde el primer día de desaparición de Tomás hasta el día en que él declaró en el juicio. Fue un relato que él entregó de manera permanente, sin ningún tipo de modificación, y eso es valorado por el tribunal desde la lógica de la fiabilidad o la confiabilidad en su relato".
Igualmente, agregó que el segundo elemento para determinar la inocencia del imputado fue que "la dinámica de los hechos, don Jorge Escobar nunca concurrió a ese lugar con la intención de abandonar a Tomás.
"Un tercer elemento muy relevante está asociado a que el propio tribunal reconoce la existencia de que, a través de la prueba pericial de dos peritos audiovisuales, se logró demostrar la posibilidad de que exista o haya existido una tercera persona", enfatizó.
En su salida, Escobar señaló que se encontraba "emocionado por este veredicto que han dado los jueces y realmente por la verdad. Ahora quedé tranquilo, todo bien para seguir viviendo y yo creo más tranquilo. Son cuatro años que lo he pasado mal. He sufrido mucho con todo este hostigamiento y junto a mi familia, que también sufrió harto".
Por su parte, el fiscal regional (s) Michelangelo Bianchi señaló que "en definitiva, el tribunal dicta un veredicto absolutorio por no adquirir convicción, más allá de toda duda razonable en ese aspecto".
"Evidentemente debemos esperar ese fallo definitivo y esas reflexiones jurídicas que tenga el tribunal en todos sus aspectos para vislumbrar un eventual recurso o medio de impugnación que pueda darse a esta sentencia definitiva dictada por el tribunal que hasta el día de hoy no se encuentra evidentemente ni firme ni ejecutoriada", agregó.
El próximo 21 de julio, a las 14:00 horas, en el mismo TOP de Cañete se dará lectura a la sentencia y se ratificará la absolución del tío abuelo de Tomás Bravo.
Cabe recordar, que sobre este caso existe una tercera investigación, liderada por la Fiscalía de Los Ríos, respecto a la sustracción de menor con resultado de muerte.