El limitado margen de acción que tienen los empleadores frente a licencias médicas dudosas

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Autor: Cooperativa.cl

En abril, la Corte de Apelaciones Santiago falló a favor de una trabajadora que, durante su licencia médica, viajó a Australia.

El limitado margen de acción que tienen los empleadores frente a licencias médicas dudosas
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En medio del debate público por el uso irregular de licencias médicas en el sector público, donde varios funcionarios públicos habrían viajado al extranjero mientras estaban con reposo, un reciente fallo de la Corte Suprema y la entrada en vigencia de la Ley Nº 21.746 muestran las facultades que tienen los empleadores para sancionar estas situaciones.

En una causa contra el Municipio de Rapa Nui, el máximo tribunal acogió un recurso de queja y revocó un fallo que había validado el despido de una trabajadora con licencia médica vigente. Según la Corte, dicho permiso constituye una suspensión legal de la relación laboral, por lo que cualquier notificación de término de contrato durante ese período carece de validez.

"La vinculación laboral se encuentra legalmente suspendida, lo que impide entender válidamente comunicada la decisión de término del contrato durante ese lapso", estableció el fallo, subrayando la protección judicial que asiste a los trabajadores en uso de licencias.

A ello se suma la Ley Nº 21.746, que refuerza la fiscalización de licencias médicas, pero dirige sus medidas principalmente hacia los profesionales de salud y los organismos fiscalizadores.

La normativa entrega mayores atribuciones a la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y a la Compin, como la facultad de solicitar antecedentes médicos, sancionar a médicos por emitir licencias injustificadas e incluso remitir casos al Ministerio Público.

No obstante, no amplía las herramientas legales de los empleadores para cuestionar directamente la veracidad de una licencia ni para aplicar sanciones a sus trabajadores por su uso.

Un caso ilustrativo de este vacío legal se dio en abril pasado, cuando la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que declaró injustificado el despido de una trabajadora que viajó a Australia mientras estaba con licencia psiquiátrica.

El tribunal consideró que los hechos no configuraban falta de probidad ni incumplimiento grave, pues ocurrieron fuera del ámbito laboral y en un contexto médico certificado. Además, recordó que la propia Suseso ha indicado que, en casos de trastornos mentales, actividades recreativas e incluso viajes pueden contribuir al tratamiento del paciente.

La abogada laboral María Francisca Montenegro, explicó a Cooperativa que "los empleadores no pueden sancionar directamente a los trabajadores que incumplen su reposo médico. Pueden supervisar y denunciar al organismo contralor, que puede investigar y negar el subsidio de incapacidad, pero sin afectar la relación laboral".

A juicio de la profesional, socia de RMR Laboral, "ante la crisis de licencias médicas en el país, es urgente dotar a los empleadores de más control y sanción frente a ausencias injustificadas, ya que también son parte afectada por estos incumplimientos".

Estos pronunciamientos judiciales y legislativos dejan en evidencia la complejidad de fiscalizar el correcto uso de las licencias médicas desde el ámbito laboral privado, donde los empleadores, a diferencia del Estado, no tienen facultades para investigar ni sancionar posibles abusos.

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