- Rafael Pardo: ¿De qué manera se estableció esta compensación y qué es lo que permite que, en un giro, pueda quedar el cliente asumiendo prácticamente el costo de la compensación?
Antes de responder la pregunta, hay que aclarar que existen dos tipos de compensaciones que están asociados a dos leyes distintas: las compensaciones vía Sernac, que son acuerdos voluntarios de las empresas distribuidoras, en los que se establece un monto que se devuelve al usuario a través de un descuento en la tarifa; y las compensaciones que están en cuestionamiento son las que van por la Ley Eléctrica.
Éstas operan en la medida que la Superintendencia determine que la responsabilidad del corte de suministro es de la empresa distribuidora, y la empresa tiene que pagar o devolver dinero por la energía no suministrada, por el tiempo que la persona estuvo sin electricidad.
Hay que separar que son dos tipos de compensaciones, y las que están en cuestionamiento son de la Ley Eléctrica.
- Rafael Pardo: Queda al margen del cuestionamiento la otra, en la cual uno llega a acuerdo vía Sernac.
Correcto. Teniendo claro eso, hay que visualizar y entender que la forma en que tarifan las empresas de distribución es diferente a lo que hemos hablado otras veces respecto al precio de la energía y los cargos de transmisión. Particularmente, las empresas distribuidoras tienen un esquema de tarifación que se basa en comparar el funcionamiento en su zona de concesión respecto a una empresa de papel, que se llama 'empresa modelo'.
Ésta es una empresa que debe caracterizar las condiciones ideales para el funcionamiento de la red eléctrica. Entonces, aquí aparece la primera diferencia: en lo que ocurre en el papel, que es lo que establece la 'empresa modelo' y lo que ocurre, en la práctica, con la empresa real; lo que ocurre con cada distribuidora.
Esta normativa o forma de establecer la remuneración de las empresas distribuidoras data de la década de los 80 y es muy antigua, está totalmente descontextualizada, porque no recoge lo que actualmente ocurre en la red de distribución.
El 2019 se implementó un cambio normativo en la forma en que se hace el estudio tarifario para determinar cuáles son los costos de esta 'empresa modelo'. Hubo muchas iteraciones entre la Comisión Nacional de Energía y las empresas distribuidoras para poder llegar a un acuerdo, porque la fijación de las tarifas está en función del comportamiento de la 'empresa modelo' versus lo que informan las empresas distribuidoras.
En este contexto, se dio la coyuntura de que, además, hubo un cambio en la norma técnica de distribución, que se tradujo en que, si se establecía la remuneración de la empresa distribuidora en función de que la 'empresa modelo' cumpliese el 100 por ciento de lo que establece la normativa vigente, las tarifas se iban a ir a las nubes, que es lo que estableció hoy la Comisión Nacional de Energía.
Para poder llegar a una situación intermedia, se empiezan a hacer algunas consideraciones y se empiezan a relajar algunos criterios: por ejemplo, que hay comunas que tienen mayores horas de interrupción que otras y que, de una u otra manera, se establecen distintos estándares de calidad de suministro por comuna a lo largo del país, y para las distintas distribuidoras. En este sentido, en esta forma de evitar que la tarifa subiese tanto, además de relajar estas exigencias de calidad de servicio, se incorporó que las compensaciones asociadas a esta 'empresa modelo' se reflejaran en la tarifa y que, de una u otra manera, se socializara.
Esta socialización es la misma forma como todos nosotros pagamos, en la tarifa mensual, los postes, los transformadores, los cables, la atención al cliente, las cuadrillas, etcétera. Entonces, esta socialización evitó que la tarifa subiese mucho, y fue la decisión que tomó la Comisión Nacional de Energía para dar cumplimiento a la normativa técnica y, al mismo tiempo, no tener que subir tanto la tarifa.
Estas compensaciones no se pagan mes a mes, porque nosotros no pagamos todos los meses los postes, los cables o los transformadores. Están distribuidos o socializados en los cargos que definen los ingresos de la empresa distribuidora y tienen un monto máximo, porque está todo esto construido sobre esta empresa de papel, y ese monto máximo caracteriza lo que la empresa de papel debiese cumplir en términos de calidad de suministro, pero en la práctica las compensaciones, en general, son mayores.
Para tratar de ser lo más claro y preciso posible: si se resguarda un monto de 100 millones de pesos anuales para compensaciones de esta empresa de papel; por ejemplo, por el evento del año pasado, las empresas distribuidoras pagaron mucho más, y ese delta que no cubre la remuneración en base a la empresa modelo, lo paga la empresa distribuidora.
Al final del día, hay un problema de fondo, porque, en estricto rigor, los usuarios no debiesen pagar las compensaciones. Pero con el fin de evitar que en este proceso tarifario -que comenzó el 2020, y se actualizó ahora recién el 2024- los usuarios tuviesen que pagar más de lo que ya estaban pagando, se hizo esta adaptación a que las compensaciones de esta empresa de papel se pagaran o se socializaran en la tarifa, de la misma forma que se pagan los postes y los transformadores.
"Parece ser impopular o injusto"
- Rafael Pardo: ¿No hay acá algo que pueda mirarse como irregular? Podría alguien, a lo más, decir que no es justo, pero no habría algo que uno pueda decir que es anormal o ilegal.
Diste en el clavo. Las cosas, técnicamente, pueden tener un cariz positivo o no tan positivo. En este caso, efectivamente uno esperaría que la empresa pague la compensación, pero con el fin de que la tarifa no siguiese subiendo -que es la argumentación que estableció la Comisión Nacional de Energía- se llegó a este acuerdo de relajar algunos indicadores de calidad de suministro y, al mismo tiempo, que las compensaciones de la empresa de papel se socialicen.
Ahora, ¿qué significa relajar los estándares de calidad de suministro? Hay comunas que, para que pudiesen cumplir la norma técnica, requerían instalar, por ejemplo, grupos electrógenos permanentes, y eso indudablemente iba a encarecer la tarifa, porque la tarifa se socializa entre todos los usuarios. Para evitar esos sobrecostos, la Comisión Nacional de Energía definió esta forma de socializar las compensaciones de la 'empresa modelo' en la tarifa, teniendo en cuenta que las compensaciones reales son mucho mayores que las de esta empresa de papel.
- Rafael Pardo: ¿Una solución pasaría por una aceptación de estas empresas?
Lo que pasa es que la Comisión Nacional de Energía es la que define cuáles son los criterios de tarificación. Hay que recordar que las tarifas eléctricas, para el usuario regulado, están totalmente definidas por la autoridad. Entonces, este esquema de diseño lo definió la Comisión Nacional de Energía en conjunto con las empresas, con el objetivo de dar cumplimiento a la normativa, pero sin subir mucho la tarifa.
Los bemoles son que parece ser impopular o injusto que los usuarios paguen las compensaciones, por muy chiquititas que sean en relación a esta empresa de papel. Y segundo, queda en evidencia que, para poder dar cumplimiento a la normativa y que las tarifas no suban mucho, hay comunas que al día de hoy tienen mejor estándares de calidad de suministro respecto a otras comunas que están cercanas.