Los derechos de autor en la política

En tiempos de franjas electorales y campañas políticas, se hace recurrente escuchar como canciones populares reconocibles por todo el mundo, se convierten en creativos jingles publicitarios que aluden a ciertas candidaturas.

Efectivo, sin duda, el utilizar melodías absolutamente posicionadas en la mente de las audiencias, para entregar cualquier tipo de mensajes.

Sin embargo, lo que pocos saben, es que estas adaptaciones de temas que aluden a algún hit del momento o de antaño -y cuya idea es contagiar al electorado- pueden incurrir en la ilegalidad si no se solicita previamente la autorización del autor original de la obra, tal como lo indica la ley de Propiedad Intelectual, hecho que en reiteradas ocasiones es ignorado por los creativos tras las campañas.

Una paradoja, sin duda, que pone a los legisladores en una posición de no respeto de la legislación que ellos mismos buscan defender.

Al interior de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor (SCD), constantemente hacemos un llamado a recordar que la música en Chile -como en todo el mundo- está protegida por la ley, y que cualquier uso de una canción con fines publicitarios o políticos en este caso, debe ser previamente autorizado por su autor.

Todos los autores tienen sobre sus creaciones derechos patrimoniales y morales: éstos últimos son los que se ven más afectados tras usos no autorizados de este tipo, sobre todo cuando estos implican una modificación de la obra original, al cambiar su letra o sentido.

Este tipo de intervenciones debe contar con la autorización previa del creador, quién está facultado para decidir sobre el futuro de su obra.

En nuestro país los usos públicos de la música están regulados por ley, y es importante considerar que la utilización de una obra con fines publicitarios o propagandísticos por parte de terceros, en cualquier forma o procedimiento, requiere la autorización de su titular.

De lo contrario se estará infringiendo la ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual, configurándose una infracción al derecho de autor.

Acerca de este tema existen bastantes mitos, como el permiso de modificación de los ocho primero compases. En ese sentido, debemos recalcar que para usar una obra con los fines mencionados anteriormente –ya sea usando su melodía o cambiando su letra– se requiere siempre la autorización del titular de derecho.

En reiteradas ocasiones la opinión pública ha sido testigo de casos de campañas que utilizan obras reconocidas sin autorización; frente a estos casos, los autores no están desprotegidos.

Nuestra organización vela justamente porque situaciones como esta no se repitan, y porque los creadores cuenten con el apoyo necesario para enfrentar este tipo de escenarios.

Promover la protección de los derechos es nuestra tarea, y en esa línea hemos hecho reiterados llamados en tiempos de campaña, los que seguiremos realizando con el fin de generar conciencia frente a la protección de los autores en todo ámbito, incluso en la política.

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