El proyecto de ley que permite impartir educación sexual desde la primera infancia recientemente aprobado en la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados tiene una limitación, debe ser desde una visión “laica, crítica y libre de sexismo”.
Esto no es sino un síntoma de un problema que actualmente se está desarrollando y muy pocos son capaces de identificar.
En nuestro país se ha manifestado una multiplicidad de legítimas demandas sociales, pero estas se ven obnubiladas, cada vez con más fuerza, por la dictadura de pensamiento de un sector de nuestra sociedad que en reiteradas oportunidades está manipulando la agenda social a conveniencia.
Dicho de otro modo, pareciera que la estrategia central de estos últimos es la aplicación del refrán popular: “A río revuelto, ganancia de pescadores”.
En concreto, usted se preguntará qué relación tiene la aprobación de esta iniciativa con el fenómeno mencionado. A continuación, quisiera referirme brevemente a algunas implicancias del documento y así usted pueda sacar sus propias conclusiones.
El texto señala que la educación sexual debe impartirse desde la educación parvularia, ante lo cual vale preguntarse, ¿cómo se evitan las prácticas de hipersexualización precoz desde la primera infancia? Hay una variedad de ejemplos en otros países donde es dable apreciar cómo se fuerza a los niños a entrar a un mundo erotizado prematuramente.
Por otro lado, el artículo 2 del refundido establece distintos principios para la educación sexual.
Sin embargo, inmediatamente llama la atención que el gran ausente de este proyecto es el principio del derecho preferente de los padres para educar a sus hijos.
Mucho se enuncia a las normas internacionales para argumentar, pero se olvida por ejemplo el artículo 26º inciso 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que señala que “los padres tendrán el derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.
Entonces, la iniciativa en cuestión representa un retroceso grave justamente en los derechos humanos que se quieren proteger, es decir, una contradicción vital ya que nuestro país incumpliría con los Tratados Internacionales y la Constitución chilena.
También llama poderosamente la atención la imposición de un enfoque sobre cómo impartir los contenidos, al ordenar que dicha transmisión debe ser desde una “visión laica, crítica y libre de sexismo”.
Esta exigencia se ve reflejada, a mayor abundamiento, en el hecho de que si el establecimiento se abstiene debe presentar al ministerio de Educación una alternativa, la que tiene que ser aprobada por esta cartera. Si no cumple con ello, la Superintendencia de Educación podrá sancionar al recinto educacional. Todo esto es una amenaza de carácter grave a las comunidades que no quieran adherirse a los lineamientos del citado proyecto de ley.
Desde otra perspectiva, hay quienes sostienen que la educación sexual y el autocuidado no están actualmente incluidos en las directrices de la malla programática, sin embargo, esto es un error toda vez que las Bases Curriculares de Educación Parvularia establecen distintas menciones a este respecto.
Finalmente, ¿vale preguntarse si es la imposición moral del Estado una medida legítima y eficiente para mejorar la calidad de la educación o más bien la solución a problemas de salud pública y la urgencia de evitar los abusos sexuales? Esto no es sino una manifestación más de que la verdadera agenda política de hoy es el progresismo que viene dirigido desde la ONU, y que en Chile se ha mezclado con las válidas demandas sociales y una "nueva Constitución", pero que claramente no son lo mismo.
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