La Ley N° 21.772, que Modifica el Sistema Registral y Notarial en sus Aspectos Orgánicos y Funcionales, publicada en el Diario Oficial el 1 de octubre de 2025, fue fruto de la convicción transversal de que era fundamental para responder a una demanda largamente diagnosticada y profundamente sentida en este ámbito: contar con un servicio más transparente, más eficiente y cercano a las necesidades de la ciudadanía.
Con esta nueva legislación, trasladamos la etapa de selección de candidatos a estos cargos -considerados auxiliares de la Justicia-, del Poder Judicial, al Servicio Civil, bajo un sistema basado en el mérito, en evaluaciones objetivas y en resultados transparentes. Dijimos, con motivo de la promulgación de la iniciativa, que ya no habría espacio para influencias externas ni para favoritismos, por cuanto los nombramientos se harán con criterios técnicos verificables, fortaleciendo la confianza en quienes asumen estas funciones.
La ley introduce inhabilidades e incompatibilidades para evitar que familiares directos de autoridades judiciales o administrativas accedan a estos cargos, cerrando así espacios a prácticas que debilitaban la credibilidad del sistema.
Así, la normativa fortalece la confianza en el sistema. Los nombramientos se realizarán sobre la base del mérito y evaluaciones objetivas, lo que asegura que quienes ocupen estos cargos lo hagan por su preparación y capacidad, no por influencias externas.
Por eso es que nos ha llamado la atención que en las recientes propuestas formuladas por las distintas Cortes de Apelaciones del país para ocupar cargos de notarios no se haya tenido en consideración el espíritu de la nueva normativa independientemente de que ella en esta materia tenga aplicación desde abril próximo. De allí es que hemos oficiado solicitando la revisión de las ternas presentadas, con el único afán de que demos una señal clara al país de que todos los poderes del Estado estamos trabajando para fortalecer la confianza en el sistema.
En definitiva, sólo con una función más transparente, ejecutada por quienes han accedido a sus cargos sin conflictos de interés y que solo tendrán como propósito brindar una atención de calidad -para lo cual serán debidamente fiscalizados-, podremos efectivamente compatibilizar los dos objetivos principales de la reforma: proteger la integridad de nuestras instituciones y mejorar la vida cotidiana de todas las personas.
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