Cuando en agosto de 2021 se promulgó la ley que regula la entrega de plásticos de un solo uso y botellas plásticas (Ley 21.368) era difícil imaginar que pasarían 54 meses para que recién se pudiese implementar uno de los últimos tramos de la normativa: finalmente, desde el pasado viernes 13 de febrero, los establecimientos de expendio de alimentos como restaurantes, cafeterías, bares, fuentes de soda y locales de comida rápida, entre otros, solo podrán entregar artículos reutilizables o desechables distintos al plástico para el consumo dentro de los establecimientos, mientras los supermercados deben tener al menos el 30% de las vitrinas de bebestibles con botellas retornables.
En febrero de 2022 ya habían comenzado a regir las primeras exigencias de esta ley, prohibiendo la entrega de bombillas, cubiertos, palillos, revolvedores y artículos de plumavit en todos los locales de expendio de alimentos, además de exigir la venta y recepción de envases de bebidas retornables en los supermercados, obligación que luego se extendió a minimarkets y almacenes.
Por cierto, la entrada en vigencia de la 'última patita' de esta ley representa una excelente noticia y contribuye a los múltiples esfuerzos que deben conducirse para reducir el impacto de los plásticos tanto en las comunidades como en los ecosistemas, sobre todo si se considera que cerca del 70% de la basura encontrada en las costas de Chile y el mundo corresponde a plásticos de un solo uso. Sin ir más lejos, estimaciones de Oceana proyectan que la implementación de esta ley prevendría la generación de más de 23 mil toneladas anuales de este tipo de desechos en locales de expendio de alimentos.
Pero la forma en que esta ley llega a implementarse y los artilugios utilizados para dilatar su puesta en marcha -y, dicho sea de paso, cambiar sus alcances en el intertanto- dejan un sabor amargo y son un recordatorio del enorme poder que ejerce el sector privado en nuestro país y de su escaso interés en contribuir de manera sustantiva al bienestar de las comunidades.
Cabe recordar que la entrada en vigencia del tramo final de esta normativa estaba prevista para el 13 de agosto de 2024, pero fue postergada tras presiones de la industria -principalmente Arcos Dorados, operador de McDonald's en América Latina, y la Asociación Chilena de Gastronomía-; esta dilación de 18 meses adicionales permitió que se intentaran cambiar los alcances de la normativa: sólo entre marzo y octubre del año pasado, se presentaron tres nuevos proyectos que buscaban modificar la Ley 21.368, entre los que se impuso el presentado por cuatro diputados de los partidos Social Cristiano, UDI, Republicano y RN, que tras solo 7 meses de tramitación fue aprobado y despachado.
Pese a que la propuesta original del mencionado proyecto de ley pretendía modificar la normativa, al establecer que la prohibición no sería aplicable a productos de un solo uso elaborados con materiales reciclables o reutilizables, esto se logró frenar, permitiendo sólo el uso de artículos de papel, cartón o madera con certificación biodegradable para el consumo dentro de los locales.
Parece evidente que la estrategia implementada en agosto de 2024 (de hecho, así lo denunciamos diversas organizaciones de la sociedad civil en su momento) era ganar tiempo para lograr debilitar la normativa y, eventualmente, mantener el status quo; y aunque en buena medida lo consiguieron, lo cierto es que aún así se logró mantener una parte importante del espíritu de esta ley. Lamentablemente, el tiempo perdido y las toneladas contaminadas en estos casi cinco años de demora no se pueden revertir.
Es de esperar que en lo que resta -el próximo 7 de julio entra en vigor el reglamento que regula la certificación de productos contemplado en la ley- se aprenda de los errores y se logre avanzar de forma decidida en la regulación de una materia que nos afecta a todos, sin poner encima del bien común los intereses económicos de un grupo minoritario.
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