La Agenda 21 a la chilena

La Certificación Ambiental Municipal es el instrumento que elaboró Chile a través de su Ministerio de Medio Ambiente para desarrollar las Agendas 21 en las distintas comunas de nuestro extenso territorio.

Esta Agenda 21 Local, es el compromiso que adquirieron casi doscientos países, entre ellos el nuestro, en el año 1992 acordado en la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro.

Su objetivo fundamental es desarrollar un plan de acción socioeconómico municipal, priorizado, fruto de la participación ciudadana activa y de su consenso con las autoridades locales, cuyo fin es el cuidado del entorno y el respeto a las generaciones futuras, y por tanto base de partida del desarrollo sustentable.

El aporte teórico que se hace con la agenda 21 al desarrollo sustentable es la inclusión de la dimensión social y económica del desarrollo, la necesidad de conservación y la gestión de los recursos para el desarrollo y el fortalecimiento de la diversidad social.

Sus medios de ejecución no sólo se refieren a los recursos, sino además al fomento de la educación, la capacitación y los instrumentos y mecanismos jurídicos o la información para la toma de decisiones, los que considero gravitantes pensando en la gestión ambiental de un municipio.

El incluir la dimensión social y económica del desarrollo implica que el concepto de sustentabilidad no se ha aplicado sólo a los factores naturales, al medio ambiente físico, sino que incluye además la integración social, la pobreza y la inclusión social.

Aún así, el concepto sustentabilidad carga con cierta ambigüedad conceptual, lo que provoca efectos en los aspectos prácticos, siendo los problemas ambientales abordados finalmente desde la retórica más que desde la práctica sostenible, lo que se traduce en paliar los efectos más que la causas.

Además, la sostenibilidad es un concepto antropocéntrico, y cuyo sustento son los aspectos socioeconómicos, y por tanto implica considerar como fundamental la participación social que permita conocer los factores que determinan los medios ambientes locales y así aplicar las medidas que permitan enfrentar la complejidad que tiene el medio ambiente en las distintas comunidades.

De este modo, la Agenda 21 o Certificación Ambiental Municipal en nuestro país, debe contener a lo menos una política que incluya mejoras ambientales, sociales y económicas, o sea un producto que implica activamente a la comunidad, la que participa en la generación de esta política ambiental.

Otras experiencias, de Agendas 21, abordan dos aspectos fundamentales del desarrollo local, uno son los Aspectos Estructurales, referidos a la ordenación del territorio, la movilidad y los sistemas naturales, el funcionamiento y organización del municipio, la descripción de los modelos de comportamiento de la población y las actividades económicas; y los Aspectos Ambientales que agrupan los temas relacionados con el agua, la energía y los residuos, contaminación atmosférica y acústica.

En este sentido la experiencia de los municipios catalanes indica que a medida que se desarrollan las Agendas 21 los aspectos estructurales cada vez tienen más peso en los planes de acción que las acciones correspondientes a los aspectos ambientales.

La razón que se concluye es que se tienden a definir más acciones de prevención ambiental sobre el territorio y la ciudadanía y menos acciones que inciden directamente sobre los aspectos ambiéntales. A la par con este proceso otra cosa que se observa es que cada vez la gestión ambiental local sube en la jerarquía de la estructura administrativa de los municipios.

Estos fenómenos son interesantes de observar pues dada la práctica sostenible que hemos tenido en materia de la gestión ambiental local, se ha caminado en el mismo sentido, de otras experiencias, desde el énfasis en los aspectos ambientales a los estructurales, y esto tiene que ver con lo anteriormente señalado, la falta de jerarquía de la gestión ambiental, en la institucionalidad municipal, sin dejar de lado que poco más de la mitad de los municipios del país cuenta con algún tipo de unidad, dirección, o encargado del medio ambiente en la comuna.

Los municipios avanzan utilizando el potencial que nos da la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y otras leyes, que sin duda no son suficientes, por tanto la práctica sostenible requiere profundizar en sus contenidos o nos quedaremos en una “retórica in-sostenible”.

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