El triunfo del Rechazo fue indiscutiblemente categórico. No solo por los porcentajes de votación obtenidos, casi 63% de los electores se opuso al texto constitucional elaborado por la Convención Constituyente, versus un poco más de 31% que obtuvo la opción Apruebo. Si no también por la transversalidad demográfica con la que se impuso el Rechazo. Reflejo de aquello es que entre las 346 comunas del país, dicha opción triunfó en 338. Sin embargo, ahora lo realmente significativo es saber ¿cuáles serán "los pasos a seguir" para tener una Constitución nacida en democracia que satisfaga adecuadamente las expectativas ciudadanas?
Me aventuro a contestar esta pregunta desde dos perspectivas. La primera respuesta es de tipo fáctico, es decir lo que existe; y la segunda es más bien jurídico-política o estratégica, y apunta más bien a lo que viene.
La perspectiva fáctica
Desde la dimensión fáctica o -si se quiere- desde lo que hay, el resultado del plebiscito del pasado 4 de septiembre es inequívoco. Sigue vigente la Constitución de 1980. En efecto, el inciso final del artículo 142 es categórico al señalar que "si la cuestión planteada al electorado en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución".
Por lo tanto, el tema a resolver es si la actual Constitución permite su reemplazo. La respuesta está precisamente en la reforma al Capítulo XV, que fue diseñada por la denominada Mesa Técnica que surgió producto del Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución suscrito el 15 de noviembre de 2019 y que se plasmó en la ley 21.200, que estableció un mecanismo de reemplazo constitucional que en lo sustancial dispone que existirá una instancia constituyente que puede ser de dos tipos: una Convención Mixta Constitucional integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno; o una Convención Constitucional integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos, que fue la instancia elegida por la ciudadanía para proponer el texto que fue recientemente plebiscitado, con los plazos y limites ya conocidos.
La perspectiva jurídico-política
Parece evidente que el itinerario de reforma regulado no es suficiente para el contexto político y social por el que atraviesa el país. Desde esta perspectiva resulta fundamental aprender del proceso anterior para mejorar los déficits ya vividos. A continuación, esbozo algunas reflexiones que estimo pueden servir al diálogo que genere una nueva instancia constituyente:
1) Como cuestión preliminar, creo que las reglas del juego que determinarán el funcionamiento de la nueva instancia constitucional -esto es el reglamento para su funcionamiento- debe elaborarse antes de la elección de quienes redactarán el nuevo texto. Y debe estar a cargo de expertos o conocedores de las experiencias comparadas, teniendo a la vista también el reglamento de la Convención Constitucional concluida el 4 de julio pasado.
2) De igual modo parece prudente conformar una instancia constituyente más reducida en cuanto al número de sus integrantes. Una alternativa podría ser 50 para equipararlo al número actual de senadores o el doble de ello, es decir 100, si el mecanismo de elección es por listas cerradas. Esto último, además, permitiría que las colectividades políticas estructuraran dichas listas con algunos expertos o especialistas en las temáticas propias de una Constitución.
3) Con lo dicho, no resulta aconsejable plantear una instancia constituyente que no sea electa por la ciudadanía. En una sociedad compleja, diversa y plural como la nuestra, designar a los integrantes que elaborarán una nueva Constitución puede costarle muy caro a la legitimidad del proceso y abre un espacio para debilitar la democracia, cuando lo que se necesita es su fortalecimiento. Como ya se ha dicho los problemas de la democracia se resuelven con más democracia y no con menos.
4) Sobre el sistema electoral hay que considerar que una de las complejidades que arrojó el proceso anterior derivado principalmente de la incorporación de independientes fue la llegada a la Convención de representantes de diversas causas o activistas, lo que hizo muy difícil estructurar un texto armónico, haciendo reiterativa la etapa deliberativa donde cada quien, con legítimos argumentos, defendió las causas propias, sin que estas necesariamente fueran relevantes para la ciudadanía. Pareciera aconsejable integrar independientes adscritos a listas de partidos políticos, éstos últimos como se sabe son indispensables e insustituibles en un sistema democrático.
5) La estructuración de una instancia constituyente paritaria es algo respecto de lo cual no solo parece imposible retroceder sino, además, a estas alturas irracional. Cualquiera que sea el número de sus integrantes debe estar distribuido igualitariamente entre hombres y mujeres.
6) En relación con el plazo para la elaboración de la propuesta del nuevo texto, estimo indispensable que sea más breve, 6 a 8 meses, teniendo especialmente en cuenta que en el año 2024 tenemos elección municipal y en 2025 elección parlamentaria y presidencial. Por consiguiente, el espacio para elegir la instancia constituyente y para que esta entregue una propuesta, la que debe ineludiblemente ser ratificada vía plebiscito por la ciudadanía es el 2023, y no después.
7) Muy ligado a la cuestión de los plazos, también parece adecuado considerar varias de las cosas tratadas en el texto constitucional anterior, así como la propuesta presentada en las postrimerías del segundo gobierno de la Presidenta Bachelet y también recoger elementos propios de la tradición constitucional chilena; es decir, proponer un texto que más que refundar permita tener un mejor diseño institucional que reconozca y reconfigure los derechos fundamentales. Para esto, como precedentemente se indicó, el modelo de Estado Social y Democrático de Derecho resulta indispensable.
Como se puede advertir, la encrucijada en la que nos encontramos exige de toda la sociedad, en especial de las tan vilipendiadas fuerzas políticas, generosidad y templanza. Requiere en especial de las instituciones, puestas en tela de juicio en los tiempos recientes, sentido de propósito, asumiendo que los maximalismos y el avasallamiento no son el camino, por el contrario, sí lo son la generación de acuerdos y por sobre todo el entender que en una sociedad democrática nadie sobra.
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