Urgencia a la ley de aborto

La dramática situación que enfrentan dos niñas embarazadas a consecuencia de la violencia sexual, según ha informado la prensa esta semana, exige de respuestas urgentes y adecuadas a la tragedia que ello significa.

El Estado de Chile ha asumido compromisos internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres y de las niñas, como asimismo de prevención, protección y reparación a las víctimas de la violencia sexual y corresponde a los órganos del Estado materializar estas obligaciones.

Lamentablemente la tragedia que enfrentan estas niñas –como tantas otras niñas, adolescentes y mujeres –evidencian las tremendas falencias que subsisten al respecto y la prioridad que reviste avanzar en marcos jurídicos, políticas y programas públicos que permitan garantizar los derechos humanos de las mujeres y las niñas en el país. Dentro de ello resulta especialmente relevante la pronta aprobación de la ley sobre aborto entre tres causales que se debate en el Senado.

Como es ampliamente conocido, se trata de un proyecto presentado a debate por la Presidenta Bachelet en el marco del Programa de Gobierno y que se hace cargo de los reiterados pronunciamientos de organismos internacionales que reprochan la vigencia de una legislación punitiva que vulnera los derechos de las mujeres y las niñas.

Asimismo, el proyecto de ley responde a las demandas de la ciudadanía que, conforme dan cuenta numerosos estudios de opinión desde hace ya varios años, respalda mayoritariamente (más del 70%) cada una de las tres causales que la iniciativa contempla: violación sexual, inviabilidad fetal y riesgo para la mujer embarazada.

Preocupa que sea precisamente la denominada “causal violación” la que más controversia genere entre los congresistas. Durante la discusión en la Cámara de Diputados a lo largo de 2015, fueron numerosos los reparos planteados y alarmantes los estereotipos, prejuicios y desconfianza frente a las víctimas de violencia sexual.

De ello derivó que se disminuyera el plazo en que las niñas podrían acceder a la interrupción del embarazo, tornando prácticamente imposible el acceso real a la atención médica en casos de violación; que se imponga la denuncia a mujeres adultas que han sido violadas, en total transgresión a su privacidad e incluso que se prohíba a los establecimientos de salud la información pública respecto de estas prestaciones, configurando una barrera al derecho a la salud.

Tratándose de niñas, adolescentes y mujeres que han sufrido violencia sexual, corresponde al Estado brindar protección y reparación pero en ningún caso profundizar la victimización, como la que deriva de imponer la continuidad forzada del embarazo, que a juicio de los órganos especializados de Naciones Unidas equivale a una forma de tortura.

La situación que enfrentan las niñas embarazadas producto de las violaciones sufridas, obliga a los y las legisladoras a acelerar la discusión y aprobación del proyecto de ley sobre interrupción voluntaria del embarazo en tres causales que por más de un año se debate ante el Parlamento. El compromiso expresado por el Gobierno y senadores oficialistas en estos días en orden a culminar el debate ante la Cámara Alta en enero de 2017 no resulta suficiente.

Además de ello se requiere revisar los contenidos que el proyecto regula pues los plazos previstos para la causal violación no son acordes a la magnitud de la violencia sexual en el país y la mayor vulnerabilidad de las niñas y adolescentes.

Deben suprimirse las normas que imponen la denuncia de la violación respecto de mujeres adultas, cautelando su autonomía y privacidad.

Asegurar que la objeción de conciencia de los/as médicos/as sea una prerrogativa estrictamente individual y garantizar que ello no obstaculice el acceso a la atención de salud que se requiere en los casos excepcionales que el proyecto regula.

Suprimir la prohibición impuesta a establecimientos de salud en orden a la información que les corresponde brindar acerca de los servicios y prestaciones que mujeres requieren.

Y de la mayor relevancia resulta regular la obligación que corresponde a los equipos de salud en orden a garantizar la confidencialidad de la información y la atención médica a mujeres que presentan complicaciones derivadas de abortos inseguros, como mandatan los tratados internacionales vigentes y recomiendan los organismos internacionales.

Los y las legisladoras han sido elegidas para representar a la ciudadanía en la toma de decisiones públicas y legislar para proteger los derechos humanos.

En un Estado laico como Chile los representantes deben legislar para todas las chilenas y chilenos sin imponer al conjunto de la comunidad las particulares creencias morales o religiosas que puedan tener en materias como estas. 

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