Ley EAT, un avance concreto en movilidad segura

Las economías colaborativas han ejercido un impacto notable en diversas esferas en los últimos años, siendo una de las más destacadas el transporte de pasajeros. En el contexto chileno, Cabify estableció un precedente en el año 2012, seguido por Uber en 2014.

Con el propósito de contextualizar la influencia de estas plataformas en nuestro país, resulta pertinente señalar que, en mayo de 2019, Uber registraba una cifra que superaba los 2 millones de usuarios activos y contaba con una red de 85.000 conductores. Estos conductores llevaron a cabo más de 100 millones de viajes, dando lugar a un volumen de negocios que alcanzó los US$300 millones, englobando tanto las comisiones percibidas por la plataforma como los ingresos generados por los colaboradores.

En concordancia con las directrices emanadas de organismos multilaterales, tales como el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), Chile ha progresado en la regulación de las aplicaciones de transporte. En el pasado mes de abril, se promulgó la Ley EAT, cuyo propósito radica en constituir un registro electrónico que abarque a las empresas, conductores y vehículos que proporcionan servicios de transporte. La finalidad de esta legislación es normalizar la operatividad de dichos servicios y elevar los estándares de seguridad. Cabe destacar que la mencionada ley cuenta con un reglamento cuya implementación está programada para enero de 2024.

La Ley EAT constituye un avance tangible hacia la movilidad segura, dirigido tanto a los usuarios como a los conductores. Introduce requisitos específicos para los vehículos y establece garantías para los pasajeros, como la obligatoriedad de contar con coberturas de seguros de responsabilidad civil. Asimismo, impone restricciones a los conductores de aplicaciones de transporte, excluyendo a aquellos que posean condenas por delitos sexuales o vinculados a drogas.

Conforme a esta legislación, los conductores deben cumplir con ciertos requisitos para ser admitidos en el registro, entre los cuales se encuentra la posesión de una licencia de conducir clase A de carácter profesional, la actualización periódica de su certificado de antecedentes y la realización de una revisión técnica cada seis meses.

Dentro de las disposiciones contempladas en el reglamento, se destaca la exigencia de que los vehículos de motor de combustión interna cuenten con una cilindrada mínima de 1,4 litros. Esta condición se encuentra fundamentada en el pilar 3 del decenio de acción de seguridad vial 2021-2030, titulado "Vehículos más seguros".

Recientemente, Uber ha llevado a cabo una vigorosa campaña en oposición al proyecto de reglamento que se aplicará con la implementación de la ley. Se sostiene que esto podría conducir a la supresión de un porcentaje sustancial de viajes. Resulta relevante señalar que el sector de taxis ha estado históricamente sujeto a estrictas regulaciones, con el fin de asegurar los estándares de seguridad vial. En este contexto, surge la interrogante de por qué debería haber una diferencia en este caso particular.

Es responsabilidad de todos los actores viales construir movilidad segura, estableciendo los estándares adecuados y necesarios para lograrlo.

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