Derechos humanos y actividades de inteligencia: sigue pendiente "caso Weibel"

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que los órganos de inteligencia del Estado deben sujetarse rigurosamente a las normas del orden constitucional democrático y a los tratados internacionales de derechos humanos y de Derecho Internacional Humanitario, precisando que "estos organismos deben: a) ser respetuosos, en todo momento, de los derechos fundamentales de las personas, y b) estar sujetos al control de las autoridades civiles, incluyendo no solo las de la rama ejecutiva, sino también las de los otros poderes públicos, en lo pertinente. Las medidas tendientes a controlar las labores de inteligencia deben ser especialmente rigurosas, puesto que, dadas las condiciones de reserva bajo las que se realizan esas actividades, pueden derivar hacia la comisión de violaciones de los derechos humanos y de ilícitos penales [...]".

En ese marco, preocupa la impunidad en que se encuentra la investigación sobre la operación de espionaje militar realizada contra el periodista de investigación chileno Mauricio Weibel Barahona, en el marco de sus reportajes sobre corrupción militar, los que hoy mantienen procesados a cuatro excomandantes en jefe del Ejército, entre otros muchos uniformados.

Como es de público conocimiento, han transcurrido cinco años desde que esta intrusión fuera realizada ilegalmente por la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE) y al menos otros tres años desde que la Fiscalía chilena iniciara las pesquisas respectivas sobre este grave ataque a la libertad de expresión.

Esta agresión, que viola abiertamente la integridad de la democracia chilena, fue reconocida y defendida increíblemente ante el Congreso por el entonces propio comandante en jefe del Ejército, Ricardo Martínez Menanteau. Esta declaración, que nos pareció inaceptable, fue respaldada además por los ministros de Defensa del gobierno anterior, quienes también validaron estos hechos ante la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile durante los últimos años.

La información judicial disponible, ampliamente divulgada en la prensa nacional e internacional, señala que el periodista Mauricio Weibel Barahona fue víctima de espionaje militar en 2017. La operación fue validada por el entonces juez de la Corte de Apelaciones de Santiago Juan Antonio Poblete, quien sugirió falsificar los documentos que autorizaban la interceptación telefónica, según admitió la jefatura del DINE. Es decir, concedió dicha orden de manera engañosa al vincular maliciosamente el número telefónico del profesional espiado con el nombre de una inmigrante irregular boliviana.

Según las declaraciones de los militares interrogados en la causa, también ampliamente divulgadas en la prensa, este acto de prevaricación se cometió ante el temor de que la operación de espionaje se filtrara, debido a que el señor Mauricio Weibel Barahona es un periodista reconocido y estaba desarrollando desde hacía años una serie de reportajes sobre corrupción militar.

Ahondando en la gravedad de estos hechos, el juez Poblete se ha negado a colaborar con la investigación judicial, aún en etapa desformalizada (preparatoria). La propia Fiscalía de la Corte Suprema de Chile sostuvo que las actuaciones de este magistrado "constituyen conductas que afectan severamente los deberes de colaboración que todos los órganos públicos deben tener en la investigación de los hechos punibles, más aún cuando dicha ayuda se solicita a un magistrado que integra una Corte de Apelaciones y que formaba parte de la Corte Marcial, al momento de ocurrencia de los hechos".

Una operación de espionaje militar contra un periodista es un acto de la mayor gravedad, más aún si es ilegalmente respaldada por los poderes Judicial y Ejecutivo, como desliza la propia Fiscalía de la Corte Suprema.

Por ello es tan grave que, pese a las pesquisas, las pruebas y las confesiones de generales, el Ministerio Público no haya abierto aún una acusación contra los implicados, a pesar de que estos admitieron su participación en los hechos.

Los Estados tienen el deber de prevenir, investigar y procurar justicia en casos que vulneran la libertad de expresión y los derechos humanos. Claramente, estas obligaciones no se han respetado. A 10 años del Plan de Acción de Naciones Unidas contra la Impunidad de los Crímenes contra los Periodistas, resulta inaceptable estas acciones y misiones del Estado chileno, que sin duda deben ser corregidas a la brevedad.

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