Fallo en Ovalle, la conciencia atenuada de un país

Frente al fallo del Tribunal de Ovalle que consideró como atenuante en un caso de femicidio frustrado el que la víctima haya sido infiel a su marido, evitándole 5 años de prisión efectiva, la opinión pública no ha tardado en manifestar su rechazo, ya sea a través de las redes sociales con el hashtag #AnulenElFalloOvalle, o bien protestando presencialmente frente a los tribunales.

Vivimos en una contradictoria  época en que, por un lado, la conciencia de derechos y de género es cada vez más entendida y valorada por la ciudadanía, y, por otro, persisten en nuestras instituciones y medios de comunicación resabios de una inaceptable cultura machista que, sin exagerar, sigue cobrando vidas.

La conmemoración del Día Internacional de la Mujer se vio empañada este año con terribles casos de femicidio que tuvieron un inaceptable correlato en aquel titular de La Cuarta que le atribuyó el crimen al “amor”del femicida. Y pese a la inmediata reacción de repudio tanto de las organizaciones de mujeres como de la ciudadanía en general hoy nos encontramos con este nuevo indicio de que, pese a toda la lucha por años de cientos de mujeres y también hombres por cambiar estos patrones culturales, en lo real y lo concreto hemos avanzado muy poco.

En este caso particular, los jueces Cristian Alfonso y Claudio Weishaupt, con el voto en contra de la jueza Victoria Gallardo, se acogieron al resquicio legal establecido en artículo 11 número 5 del Código Penal, que establece como atenuante,  “la de haber obrado por estímulos tan poderosos que naturalmente le hayan causado arrebato u obcecación” y que los magistrados encontraron pertinente para justificar al femicida frustrado explicando que  “en el momento previo a la agresión se había develado la infidelidad de su cónyuge, con quien estaba casado hacía 15 años y mantenía dos hijos en común'”.

Cabe señalar que en este caso el femicidio no se concretó únicamente por la acción de carabineros, que tras el llamado de alerta de los vecinos logró detener la agresión sólo  cuando la víctima ya había sido fuertemente golpeada y apuñalada.

Probablemente no podremos cambiar ni el fallo, ni el criterio de estos jueces. Tomar los resguardos legislativos para que este numeral del Código Penal no continúe siendo utilizado se ve también complejo en el actual contexto.

Por esta razón urge que sigamos educando con mayor energía y alcance  en derechos y enfoque de género tanto a las generaciones de hombres y mujeres que vienen, como a los funcionarios públicos y privados que tienen que abordar este tipo de casos.

Instituciones como Fundación PRODEMU y SERNAM, junto a numerosas organizaciones de la sociedad civil estamos abocados a esta tarea desde hace décadas, pero se requiere que más agentes tomen conciencia e incorporen de manera efectiva en sus programas y políticas  la necesidad urgente de entender de otra manera las relaciones entre hombres y mujeres y que no sólo las instituciones que trabajamos con y para las mujeres seamos las encargadas de velar por el respeto de sus derechos, sino que la sociedad en su conjunto.

Llevamos demasiado tiempo esperando que el proceso de cambio avance y permee a todos los sectores de la sociedad. Es necesario que ya veamos resultados concretos y que situaciones como las que nos toca conocer a diario en la prensa al menos tengan la posibilidad de recibir justicia.

Uno de los principales obstáculos para esto es la tendencia tradicional a minimizar estos atropellos y validar violaciones, asesinatos, maltratos, acoso y abusos pensando que existen “motivos” o “provocaciones” para hacerlo.  Mientras esa idea no baje del discurso políticamente correcto a la acción y decisiones concretas, seguiremos lamentándonos.

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