Cuidados temporales, un vínculo protector siempre

Después del parto, la recién nacida fue ingresada en la UCI mientras su joven madre recibía el alta. Su sistema respiratorio, aún inmaduro debido al parto prematuro, presentaba complicaciones. Aunque el diagnóstico era difícil, existían buenas posibilidades de supervivencia. Con el paso de los días, el equipo de atención en maternidad notó que nadie la visitaba y trató de contactar a algún familiar, pero fue imposible. Por alguna razón, solo había un registro con una dirección al sur de la capital.

Después de tres semanas, la bebé se recuperó, pero no había nadie que se hiciera cargo de ella. Durante unos días más, las TENS y enfermeras se encargaron de su cuidado e informaron al Servicio de Protección, pero no querían que terminara en un hogar, ya que sabían lo importante que son los primeros meses de cuidado y afecto. Rápidamente, contactaron a una familia de acogida de emergencia que fue a buscarla. Pasaron seis meses hasta que llegó a otra familia de acogida, donde permaneció casi dos años hasta ser adoptada por un matrimonio en Valdivia. Ella tuvo una oportunidad, pudo crecer en una familia. Sin embargo, aún hay miles de niños que necesitan una familia que los acoja temporalmente hasta que puedan regresar a su hogar o comenzar una nueva vida con otros padres.

La institucionalización puede tener un impacto significativo en el desarrollo de los niños menores de tres años. Según Unicef, por cada cuatro meses que un niño esté institucionalizado, pierde un mes en su desarrollo. Pueden surgir problemas a nivel psicológico, social y biológico. Existe un consenso general de que la familia es el entorno más adecuado para el desarrollo de los niños.

Las familias de acogida pueden brindar un ambiente familiar seguro y protector, lo cual puede ser beneficioso para el bienestar y desarrollo del niño. En los últimos años en Chile, se ha realizado un esfuerzo para reducir el número de niños en residencias y aumentar el número de niños en familias de acogida. Sin embargo, este esfuerzo aún no es suficiente, ya que el 80% de los niños se encuentran en familias extensas y se requiere un apoyo especializado en la crianza, con programas integrales y basados en evidencia, así como recursos y capacidades intersectoriales para garantizar la disponibilidad de servicios necesarios para las familias que acogen temporalmente a niños en situación de alta vulnerabilidad. Es importante comprender que los derechos de los niños, niñas y adolescentes deben ser el centro del sistema de acogimiento, considerándolos sujetos de derecho y no solo de protección.

En el año 2010, cuando se cumplieron los primeros 20 años de la Convención de los Derechos del Niño, la Asamblea General de la ONU aprobó las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños (CDN, 2010). Éstas promueven la eliminación progresiva del acogimiento residencial y proponen desarrollar alternativas dentro de una estrategia global de desinstitucionalización con objetivos claros (Directriz 23). Se propone avanzar en el acogimiento familiar, donde en cada localidad exista un grupo de familias de acogida o cuidadores acreditados que puedan brindar cuidado y protección a los niños sin romper sus vínculos familiares, comunitarios y culturales.

Además, se plantea la necesidad de contar con servicios especiales de preparación, apoyo y asesoramiento para los cuidadores familiares (Directrices 118, 119 y 120). Para el comité, la prioridad es proteger a los niños cuyos derechos han sido vulnerados, priorizando el acogimiento familiar en familias extensas o externas en lugar del acogimiento residencial, y trabajar con la familia para lograr su retorno siempre que sea en el mejor interés del niño. El 18 de diciembre de 2019, la Asamblea General de la ONU aprobó una Resolución sobre los Derechos del Niño, específicamente enfocada en los niños que carecen de cuidado parental (A/RES/74/133). Por primera vez, los Estados miembros expresaron colectivamente su profunda preocupación por el impacto negativo que la institucionalización puede tener en el crecimiento y desarrollo de los niños bajo protección, y llamaron a eliminar gradualmente la institucionalización.

En marzo de 2022 se promulgó la Ley sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia (Ley 21.430), cuyo objetivo es garantizar y proteger integralmente los derechos de los niños, asegurando su ejercicio efectivo y pleno. Esta ley establece el derecho a vivir en familia (artículo 27), especificando que este derecho se ejercerá "preferentemente en la familia de origen" para "completar su adecuado desarrollo". Por lo tanto, el Estado tiene la obligación de proteger y considerar a la familia del niño, sin importar su composición. Además, la Ley que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada, en su Artículo 24, establece que "los niños de 0 a 3 años siempre serán acogidos en modalidad familiar, dando preferencia a miembros de la familia extensa en ausencia o imposibilidad de los padres y/o madres".

A pesar de esto, todavía hay alrededor de 600 niños en esta situación que permanecen en residencias de Mejor Niñez, por lo que es necesario impulsar un trabajo colaborativo como el desarrollado por Fundaciones Colunga, San Carlos de Maipo e Ilumina, que han comenzado el segundo año de la Alianza para apoyar el sistema de acogimiento familiar, con el apoyo técnico del Servicio Social Internacional y la participación de los diferentes poderes del Estado. Iniciativas como esta buscan avanzar en la protección del derecho de cada niño a vivir en familia en nuestro país. Podemos cambiar la realidad contribuyendo a un nuevo estándar en el cumplimiento de los cuidados alternativos y permitiendo un mejor desarrollo afectivo, social e intelectual de niños que encuentran en el cuidado de padres temporales, un vínculo protector que los acompañará para siempre.

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