8 de enero, Ley del Voto Femenino

En la sesión del 20 de junio de 1945, se dio cuenta de la moción de los senadores Arturo Alessandri (P. Liberal), Rudecindo Ortega y Eleodoro Guzmán (P. Radical), Elías Lafertte (P. Comunista), Horacio Walker (P. Conservador), Julio Martínez (P. Democrático), Marmaduque Grove y Salvador Allende (P. Socialista), que modificaba la Ley General sobre Inscripciones Electorales para conceder el “voto político” a la mujer.

Lo que buscaba esta iniciativa, dirigida a los “conciudadanos del Senado”, era seguir “corriendo el cerco” al derecho de voto femenino acotado a elecciones municipales, introducido en 1931, mediante un decreto ley de Carlos Ibáñez, que terminó en la Ley 5.357 de 1934, que incluía el derecho de la mujer a elegir y ser elegida en las elecciones municipales, a partir de los comicios del 5 de abril de 1935.

Este último “derecho” había sido “conquistado” tras un debate efectuado en 1926, en la tramitación de un proyecto de ley que reformaba las atribuciones municipales, incluyendo materias electorales, y cuyo artículo 8º, Nº2 señalaba que: “La Comisión (Electoral) inscribirá a las chilenas contribuyentes de la comuna y domiciliadas en ella, que no estén bajo potestad de padre o marido y que no se hallen bajo guarda”, lo que reducía la participación femenina a un mínimo simbólico.

La moción parlamentaria de 1945, por el contrario, consideraba “indispensable incorporar a la ciudadanía política a la mujer, que constituye el 51 % de la población chilena… en todas las elecciones generales o complementarias para elegir Presidente de la República, Senadores o Diputados que se realicen, sobre la base de los nuevos registros a partir del 21 de mayo de 1948

En la sesión del 3 de diciembre de 1946, la Comisión de Constitución del Senado recomendó aprobar el proyecto, estableciendo el 1 de enero de 1948 como fecha de entrada en vigencia del ejercicio del sufragio político femenino, toda vez que dicha instancia consideraba “conveniente el plazo de un año para que la mujer se prepare al cumplimiento de este nuevo deber cívico”.

Finalmente, el 17 de diciembre, el proyecto fue aprobado por la Cámara Alta con 17 votos a favor, 9 en contra y 2 pareos.

En la sesión del 15 de diciembre de 1948, el presidente de la Cámara de Diputados, Juan Antonio Coloma, dio inicio al segundo trámite del proyecto. La moción volvió al Senado con algunas modificaciones para, finalmente, el 21 de diciembre de 1948, ser aprobado por 25 votos contra 6.

Finalmente, el 8 de enero de 1949, Gabriel González Videla promulgó la Ley 9.292 que, en lo referente al ejercicio de voto político de la mujer, comenzaría a regir 120 días después de ser promulgada en el Diario Oficial.

Pese a esta ley, la primera elección en la que hubo sufragio femenino fue en la presidencial del 4 de septiembre de 1952, la que se realizó con un padrón electoral que doblaba al anterior. En esos comicios fue electo Presidente Carlos Ibáñez del Campo, con el 46,79% de los votos.

Tras la obtención del voto femenino la primera mujer en llegar al Parlamento fue Inés Enríquez (P. Radical), elegida diputada por Concepción, Talcahuano, Tomé, Yumbel y Coronel en 1951 y, posteriormente, electa diputada por Valdivia, La Unión y Río Bueno, desde 1957 a 1969. Entre las primeras legisladoras chilenas también estaba Lya Laffaye (P. Conservador), diputada por La Unión, Valdivia y Río Bueno por el período 1953-1957.

Ciertamente, el debate sobre el voto femenino había comenzado mucho antes, en un contexto de prejuicios, pese a que Chile había avanzado en temas como la incorporación de la mujer a las universidades. El debate del Senado de 1926, que consideraba la existencia de un padrón separado para las elecciones municipales, en tanto se asumía que éstas permitían mantener a las mujeres alejadas de la política contingente, es un ejemplo de ello.

Entre los argumentos opuestos al sufragio femenino, estaban algunos como el del senador Rafael Barahona, quien sostenía que “es el hogar el sitio donde realiza la mujer su más alta misión, y pretender arrancarla de él es desnaturalizar esa misión”. Argumentos muy similares a los esgrimidos por diputados(as) UDI en la discusión sobre la creación del ministerio de la Mujer que apuntaban a diferenciar “lo que es de la esencia de lo femenino y lo masculino” y para relevar “la maternidad como función social”.

Y aunque pareciera ya superada esta lógica que busca seguir bloqueando la plena participación de la mujer en política, dejando atrás lógicas añejas como que las mujeres pudieran elegir, pero no ser elegidas; que votaran solo si tenían patrimonio propio; o -un caso extremo- que existiera un “voto familiar” que permitiera que los electores varones pudieran votar por sí mismos, sus esposas y sus hijos, como lo propuso el senador Arturo Lyon (P. Conservador), al parecer tanto en la discusión de la reforma al sistema binominal, como en el de la creación del ministerio de la Mujer, seguiremos encontrando en la derecha un muro que busca obstaculizar su avance.

Sin embargo, no solo porque son la mayoría del país y del electorado, sino también por la justeza de sus reivindicaciones, estamos seguros que al final del camino, al igual que en el pasado, el sentido común, y los principios de equidad y de plena igualdad terminarán imponiéndose sobre conservadurismos que buscan limitar el inmenso aporte a la sociedad que las mujeres pueden seguir haciendo, en conjunto con los hombres.

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