Los acuerdos de Unión civil

Por fin se aprobó un proyecto de ley que tenía sus antecedentes, el “Acuerdo de Unión civil” (AUC). El proyecto originalmente se enunció como un proyecto de vida o unión en pareja. Se originó para satisfacer una tendencia actual de la juventud de eludir el compromiso matrimonial y unirse sin mayores obligaciones.


Este proyecto favorecía a los homosexuales que buscaban una aprobación legal de sus uniones, pero fundamentalmente satisfacía un movimiento cultural de nuestra juventud de buscar uniones fuera del compromiso matrimonial civil o eclesial. El Congreso optó por satisfacer en cierta manera esta búsqueda de apoyo legal para estas uniones.


La Iglesia recelosa de todo lo que podría comprometer el compromiso matrimonial, sin embargo, entiendo, no se opuso a esta legislación. Satisface una mutación cultural de las juventudes no solamente chilenas sino mundiales. Esto consta por las mismas encuestas que la Iglesia ha efectuado a través del mundo con ocasión de los sínodos, el de octubre pasado y el planificado para el próximo octubre.


Las juventudes hoy en día se sienten inseguras frente al compromiso matrimonial que por cierto es un compromiso importante que pide responsabilidad y reflexión. Un noviazgo tradicional con guarda del celibato no satisface a todos. Exigen una convivencia más concreta antes de tomar un compromiso de este calibre.


A esto se añade ciertos cambios culturales, una maduración sexual que se adelanta y una maduración sicológica que se retarda. Un ambiente cultural que no favorece el desarrollo de la responsabilidad. Los mismos sacerdotes responden a veces a peticiones inmaduras: vuelvan en cinco años y los casaré. En muchos ambientes consideran como imprudentes los matrimonios efectuados sin una larga prueba anterior de convivencia.


No se trata de promover una forma de noviazgo u otra, una más tradicional o una más modernizada, por llamarla así, pero hay que saber discernir las diferentes situaciones.


Cuando la pareja permanece abierta al matrimonio y solo busca comprobar la posibilidad de un compromiso definitivo, se le ofrecerán probablemente dos alternativas.


Una es profundizar su compromiso mutuo adquiriendo un compromiso ante la Iglesia o la ley civil. Estos compromisos tienen sus obligaciones respectivas. En la Iglesia la indisolubilidad y el compromiso “hasta que la muerte nos separe”.


La otra alternativa podría ser profundizar su compromiso mutuo sin matrimonio propiamente sino prolongando un compromiso de fidelidad y convivencia “hasta que la muerte nos separe...”. Este compromiso tiene la cualidad de no implicar una indisolubilidad como la del compromiso anterior. Si el acompañante no cumple su promesa yo quedo libre de la mía.


El camino del amor tiene sus responsabilidades, tiende a compartir la vida con el otro o la otra y eventualmente con los hijos. Y así tomar también en la vida social el camino del amor y servicio. Pero puede haber obstáculos. El compromiso puede fracasar y no obtener sus objetivos.


Para prevenir estos fracasos matrimoniales la juventud ha tomado sus precauciones entre ellas se encuentra la nueva legislación que estamos comentando.


Esperamos que la Iglesia vendrá al encuentro de las preocupaciones de la juventud expresadas en la nueva legislación AUC. Ésta al menos es la iniciativa que ha inspirado los sínodos de la familia de octubre pasado y futuro.


Ha habido al respecto pronósticos pesimistas basados en un análisis de las preguntas del “Instrumentum Laboris” recibido desde Roma. Este instrumento de trabajo, según algunos no presagia cambios realmente significativos “solo más de lo mismo”. Prefiero ser optimista y creer que con el Papa Francisco daremos pasos positivos.

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