¿Nuevamente las farmacéuticas?

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) interpuso recientemente ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), un requerimiento en contra de G.D. Searle, empresa subsidiaria del Laboratorio Farmacéutico Pfizer, por ejecutar “actos anticompetitivos, destinados a valerse instrumentalmente de un derecho de patente, con el objeto de restringir y entorpecer la entrada de competidores o tender a producir dichos efectos, en el mercado de la comercialización de medicamentos que contienen el principio activo Celecoxib, donde participa principalmente con su fármaco Celebra”.

Si bien es materia de investigación, los “actos anticompetitivos” a los que se refiera la FNE, tienen como objetivo impedir la producción de copias genéricas de Celebra, con atributos económicos más competitivos, para que el fármaco de Pfizer siguiera siendo el de mayor venta en su categoría. Celebra es un medicamento analgésico que se utiliza en adultos para tratar los síntomas de la artrosis, la artritis reumatoide y la espondilitis anquilosante, todas ellas enfermedades que son de por vida.

La propiedad industrial tiene como fin otorgar un derecho de exclusividad en la explotación comercial de un determinado producto, por un lapso de tiempo acotado. Esto ha permitido que la industria farmacéutica incentive el desarrollo de nuevos medicamentos.

Sin embargo, al parecer Pfizer Chile habría abusado de este derecho de exclusividad, el cual valiéndose de una patente secundaria para el producto Celebra, otorgada por el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) en 2014, habría logrado ampliar su protección hasta el año 2029, impidiendo el desarrollo de nuevas alternativas terapéuticas, no obstante que esta segunda patente no representaba innovación alguna, tal como lo determinó posteriormente el mismo INAPI, al revocarle esa patente en 2016. Por lo tanto, y de manera artificial, dicha empresa consiguió mantener exclusividad sobre el Celebra, impidiendo que fuese copiado por casi dos años.

A la anterior se agrega la estrategia comercial para impedir la entrada de competidores una vez otorgada esta segunda patente, la cual consistió en el envío de cartas a otras empresas que pretendían comercializar ese medicamento; la realización de llamadas a ejecutivos de laboratorios de la competencia, dándoles la posibilidad de no ser objeto de acciones judiciales en su contra a cambio de la suscripción de un contrato de transacción parcial y la presentación de acciones judiciales a un laboratorio que tenía registrado un medicamento alternativo a Celebra.

Como se puede ver, la acusación de la FNE genera diversas interrogantes. En primer lugar, se encuentra el proceder de Pfizer Chile. Como toda empresa, su fin es obtener ganancias, lo cual no significa que lo pueda hacer a cualquier costo. En ese sentido, no se puede olvidar que la industria farmacéutica cumple un rol social de gran importancia ya que aporta los medicamentos que permiten el restablecimiento de la salud de la población, por lo tanto, tiene como objetivo particular la salud de las personas que atiende. Es por ello que los hechos descritos muestran que en el proceder de la mencionada farmacéutica prevalecieron los criterios monopólicos, los que claramente no buscaban el bienestar de los chilenos.

En segundo lugar, llama la atención el accionar del INAPI, que gestionó la solicitud de patente de Celebra por más de 14 años, excediendo ampliamente el tiempo empleado para esos trámites y posteriormente, concedió una patente sin nivel inventivo. Si bien esta última situación fue revertida en 2016, permitió extender el monopolio del laboratorio durante casi dos años, privando de alternativas genéricas de medicamentos con Celecoxib a la población, con el perjuicio económico que ello representa.

Es por ello que esta problemática no se termina solo con el pago de la multa y las eventuales compensaciones a los pacientes, si las hubiera.

Debe hacer reflexionar a las compañías farmacéuticas, pero por sobre todo, a los ejecutivos que la conforman, a que deben ser conscientes que deben armonizar el bien de la sociedad y el justo rédito económico. Sólo esa conciencia permitirá la construcción de una empresa verdaderamente al servicio del hombre y colaborativa con los distintos estamentos de la sociedad.

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