El día tres de julio pasado un grupo de senadores y diputados de oposición presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) un segundo requerimiento contra la reforma laboral (Rol 3117-16). Sostienen que la Presidenta no cumplió la primera sentencia del Tribunal contra la reforma mencionada (STC 3016-16), ya que “debió proponer que se modificara, eliminara y/o agregara una serie de disposiciones al proyecto, con el objeto de adecuarlo a lo resuelto el Tribunal Constitucional, cuestión que no hizo” (sic).
Los parlamentarios piden que se elimine una serie de normas del proyecto y “que el Excmo. Tribunal Constitucional haga cumplir su sentencia del modo que le parezca apropiado”. En el contenido de su escrito afirman que “la sentencia del Tribunal Constitucional (…) impone y vincula al Presidente de la República y al Congreso Nacional tanto en su parte resolutiva como considerativa”.
El objetivo del TC es vigilar que otros poderes del Estado no sobrepasen los límites establecidos en la Constitución. Estos límites son verdaderos muros para estos órganos, ya que en el Derecho Público sólo puede hacerse lo que la Constitución y las leyes explícitamente permiten.
En particular, el Tribunal controla que la Presidenta y el Congreso no trasgredan los límites durante la creación de las leyes. Es un poder muy grande el que tiene, ya que puede intervenir y recortar las iniciativas de quienes fueron elegidos por el pueblo soberano para dirigir los destinos del país. No obstante, este poder también tiene límites.
Por ejemplo, la Constitución faculta al TC sólo a declarar la inconstitucionalidad de alguna norma del proyecto, en ningún caso a ordenar como deben legislar la Presidenta o el Congreso. Por eso la importancia de los límites es tan grande: estos muros permiten que nuestras instituciones, ya sea el TC, la Presidenta o el Congreso, se mantengan útiles a la República ante la natural y constante tentación de acumular cada vez más poder.
El problema es que, a diferencia de los colegisladores, nadie vigila que el Tribunal no sobrepase los murosde la Constitución y las leyes. Al ser el último intérprete de la Constitución, el TC no tiene ni debiera tener quien controle sus decisiones. Pero éste sigue siendo un problema en su diseño. En algún momento un entusiasta grupo de jueces podría sobrepasar sus facultades y, por ejemplo, ordenarle a la Presidenta incluir un artículo específico en un proyecto de ley. Como nadie puede revisar ni cuestionar sus decisiones, pero no tiene facultades para hacerlo, esto podría generar una crisis institucional.
Además, cabe mencionar que los jueces de este tribunal son inmunes a todo tipo de control, tienen una duración de nueve años y no tienen el deber de atender a las exigencias y clamores del pueblo. En la hipótesis mencionada, serían más importantes quienes formen parte del TC que quienes integren la Cámara de Diputados o el Senado.
Por eso este requerimiento es riesgoso, ya que es tentar al TC a asumir un rol que no le corresponde. En caso de acogerlo el TC habría trasgredido sus propios límites, con todos los peligros y dificultades que eso implica. Habría, en la práctica, desplazado a los representantes del pueblo (Presidenta y Congreso) en la creación de las leyes al hacer vinculante la parte considerativa de sus fallos. Los colegisladores estarían obligados a obedecer estas nuevas “leyes” en todo su actuar, convirtiendo al Tribunal en el Gran Legislador. Ya no sería el vigilante de los muros-límites de las facultades de los otros órganos, sino el sargento que dirigiría sus acciones.
La actitud de la derecha al presentar un requerimiento en estos términos es irresponsable y temeraria. Irresponsable porque podrían haber abierto la puerta a un activismo del TC de insospechadas consecuencias para nuestro sistema jurídico. Temeraria, porque sabiendo o debiendo saber de este peligro, persistió en el requerimiento. En su afán constante de robustecer el TC le tentaron para que, por la vía de los hechos, éste se diera facultades que no tiene.
Por eso es tranquilizador que el TC haya declarado inadmisible el día jueves pasado el requerimiento por estar fuera de plazo. Pero si se hubiera presentado en tiempo y forma, el Tribunal habría entrado a revisar la solicitud de los parlamentarios.
La situación de peligro fue generada por el requerimiento y su tenor, lo cual mueve a reflexionar sobre el criterio de Estado con el cual deben comportarse los bloques políticos. Ellos deben actuar responsablemente para cuidar a nuestras instituciones, y los ciudadanos debemos exigirles tal responsabilidad.
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