¿Libertad de expresión para negar la muerte y la tortura?

La libertad de expresión es base esencial de la democracia. Las restricciones al odio también

Siguiendo el debate acerca del negacionismo y la apología a las violaciones de derechos humanos, pareciera que la opinión pública tiene a la libertad de expresión como un derecho absoluto, lo cual ha permitido que insistentemente se critique la indicación ingresada en la Cámara de Diputados en el proyecto que tipifica la incitación al odio, para incluir como delito la justificación o negación de las violaciones a los derechos humanos cometidas entre el 11 de septiembre 1973 y el 11 de marzo de 1990.

La libertad de pensar y expresarlo es una base esencial de la democracia, pero ¿puede estar exenta de restricciones? Claramente, el ejercicio de dicha libertad trae responsabilidades consigo, como lo ha señalado Naciones Unidas, lo que permite crear excepciones en su ejercicio.

Si por opinar debemos seguir soportando la difusión de fake news, como las que avaló Gonzalo de la Carrera, acerca de la justificación de la pedofilia que habría realizado la diputada Vallejo en un medio de dudosa procedencia, o que en Chile se siga tolerando comentarios como, “le faltó matar gente a mi general” a quienes validan las torturas cometidas durante la dictadura, debido a la supuesta existencia de una guerra interna, claro que podemos y debemos relativizar esta libertad.

La tipificación del delito de negacionismo nace de un proyecto que también es un atentando a la libertad de expresión, en los términos entendidos por sus detractores, como lo es la creación de un delito que sanciona al sujeto que públicamente incitare a la violencia física en contra de un grupo de personas o de un miembro de tal grupo, basado en la raza, origen nacional o étnico, sexo, orientación sexual, identidad de género, religión o creencias de la víctima.

¿Por qué en estos casos los defensores de la libertad de expresión no se hicieron parte del debate? ¿No es también un atentado a mi derecho a opinar?

Además, tengamos claro que los principales Tratados internacionales de derechos humanos, permiten limitaciones de la libertad de expresión.

Por ejemplo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, las admite para asegurar el respeto a las personas o la protección a la seguridad nacional o el orden público.

Además, en su artículo 20, obliga a prohibir por ley toda apología al odio nacional, racial o religioso que constituya incitación al odio. El Pacto de San José de Costa Rica se pronuncia en el mismo sentido.

Es así como llegamos a que Naciones Unidas, en el año 2005, haya instado a sus Estados Miembros a “que rechacen sin reservas cualquier negación como hecho histórico” del Holocausto.

En el mismo sentido, la Unión Europea resuelve en 2008, que los Estados miembros sancionen la “apología pública, la negación o la trivialización flagrante de los crímenes de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra”. 

Siguiendo dicha recomendación, es que Alemania creó un delito para sancionar a quien aprueba, niega o minimiza públicamente los delitos cometidos durante el régimen nazi o quien lo glorifique; mientras que Francia sanciona a quien haga pública apología a los crímenes de lesa humanidad. En el mismo sentido, tenemos los casos de las legislaciones de Suiza y Holanda.

Claramente, los países que hemos citado no son regímenes totalitarios que aplasten la libertad de expresión y persiguen a sus detractores. Son democracias consolidadas, que tienen a la tolerancia como principio esencial de su convivencia.

Entonces, cuesta entender porqué en nuestro país se produce este grado de resistencia al grado de llamarla “ley mordaza”.

¿Qué pasa en Chile que la libertad de expresión se invoca como un supraderecho, del cual tenemos que aceptar afirmaciones que violen la dignidad de personas, que se exhiba la vida privada de otros o que se permita seguir ensalzando dictaduras que violaron de manera sistemática los derechos humanos de la población? 

Si bien la libertad de expresión, como dijimos, es un elemento esencial de la democracia, la restricción al odio y a la relativización de los derechos humanos también lo es.

Acá deberemos elegir, si toleramos la violencia invocando la libertad de expresión, o si restringimos la misma para resguardar la memoria histórica que permita la "no repetición" de estos delitos en el futuro.

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