El proyecto que establece sanciones para las falsas denuncias sigue avanzando en el Congreso. Ahora será el turno de la comisión de Constitución, luego de que ya fuera visto por la comisión de Familia y la comisión de Mujer. Aclaremos que, como la propuesta no refiere exclusivamente al mundo femenino, no tenía sentido abrir su discusión bajo la perspectiva de género que impera en dicha comisión. Quizás este sesgo ideológico que niega la presunción de inocencia a los hombres sea en parte responsable de las críticas infundadas que se escucharon durante algunas presentaciones. Revisemos las principales.
Se sugirió que una legislación de este tipo equivaldría a imponer una "ley mordaza" a las mujeres que denuncian, por ejemplo, casos de violencia intrafamiliar (VIF). Ese argumento solo tergiversa su propósito. El objetivo de quienes lo impulsamos -además de quien escribe, los senadores Balladares, Gatica, Ossandón y Van Rysselberghe- es sancionar las denuncias dolosamente falsas en el contexto específico de causas de familia donde hay hijos de por medio.
¿Por qué únicamente en causas de familia? Porque queremos proteger, en primer lugar, la salud mental del menor afectado por las medidas cautelares que los jueces de familia se ven en la obligación de dictar ante denuncias por VIF o por vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes.
El punto central plantea que proteger a las víctimas reales y sancionar las denuncias deliberadamente falsas no son objetivos incompatibles. Una denuncia falsa puede causar un daño profundo a la persona injustamente acusada, afectar sus vínculos familiares y tener consecuencias especialmente graves en los hijos involucrados. Reconocer ese problema no implica desconocer la violencia real ni poner en duda, de manera generalizada, a quienes denuncian. Así como las verdaderas víctimas requieren de procedimientos expeditos y los verdaderos victimarios sanciones contundentes, quienes sufren el dolor de ser separados de sus hijos por una denuncia falsa también deben contar con una legislación que los proteja. ¿De qué? De la mentira e instrumentalización. Pero no se trata solo de salvar su honra y de proteger el ejercicio en plenitud su condición de padre o madre, indistintamente de la relación que se tenga con el excónyuge. Lo más importante, como ya lo planteamos, es la salud mental de ese niño que crece esperando la sentencia de los tribunales para poder ver a su madre o padre falsamente acusado.
Otro argumento que se ha esgrimido en contra de avanzar una legislación de este tipo es la inexistencia de un catastro que nos permita saber la magnitud del problema. Curiosa acotación no solo en un marco cultural como el chileno que afirma que la vida y el bienestar de una sola persona inocente amerita su protección de parte del Estado, sino, además, a la luz de la experiencia histórica. Solo por dar un ejemplo, antes de la existencia de la ley Zamudio tampoco había un catastro que nos permitiera conocer cuántas personas eran víctimas de la discriminación arbitraria. Hoy podemos ver en los registros un promedio anual de entre 60 y 80 denuncias bajo dicha ley ante tribunales.
Siguiendo con la analogía, en lo que respecta a falsas denuncias, no solo conocemos casos como el de Jorge Tocornal, sino que, además, contamos con la investigación de Javier Rebolledo y su escalofriante libro titulado "Falsas Denuncias: Una investigación sobre padres acusados de abuso sexual". Y, aunque no existe un catastro oficial que contabilice el número exacto de agrupaciones de padres que se declaran víctimas de falsas denuncias, encontramos en redes entre 5 y 8 organizaciones y fundaciones con presencia pública, personalidad jurídica o alcance nacional orientadas a esta causa.
Las plataformas más visibles -como Falsas Denuncias Chile, Fundación Crianza Compartida o Papás por Siempre- arrastran comunidades virtuales que van desde los 10.000 hasta superar los 40.000 seguidores y adherentes. Ellos acusan que el sistema procesa cientos de miles de causas de familia al año y afirman que existe un universo masivo de padres afectados por "obstrucción de vínculos" o por denuncias instrumentales (utilizadas como estrategia para ganar litigios de tuición o pensiones).
Ante dicho clamor solo queda por decir que no avanzar una legislación que sancione la mentira en perjuicio de la salud mental de los niños y del progenitor falsamente denunciado constituiría una abdicación inexcusable de la labor parlamentaria que solo puede redundar en mayor sufrimiento y deslegitimación de la política.