La educación como un derecho fundamental

El movimiento social por la Educación que remeció al país durante 2011, marcó las prioridades que apuntan a superar el actual sistema educacional del país, impuesto en la década de los 80 en un marco autoritario.

La discusión que se ha establecido en torno a la educación reflejan las dos posiciones que están en juego; por un lado, hay sectores que consideran la educación como un bien de consumo y basan su postura en la necesidad de la libertad y diversidad educativa, que tienen su correlato en la existencia de la educación privada.

La posición contrapuesta, es aquella que sustenta que la educación es un derecho fundamental, que debe ser garantizado por el Estado.

Modelo de Educación de Mercado

Chile, desde los años 80 implementó un modelo educacional orientado por el mercado, que se basa en la competencia, la libertad de elección, la subvención de la demanda, el financiamiento compartido en escuelas financiadas por el Estado, el financiamiento estatal en infraestructura, servicios de equipamiento, y el uso de fondos estatales de mejoramiento para establecimientos educativos privados.

El modelo impuesto en educación obedece a una concepción liberal, que consolida la más coherente teoría de la primacía de lo privado sobre lo público, el tema de la libertad de enseñanza reaparece como en el siglo XIX, como un derecho de defensa frente al Estado, que preconiza la supremacía de la libertad para la creación de instituciones educacionales y la libertad para enseñar determinados contenidos o libertad de cátedra, contraponiéndolo, a la obligación y responsabilidad del Estado de garantizar una educación pública, gratuita, laica, plural y de alta calidad.

Al retirarse el Estado y ceder responsabilidades a manos de las instituciones privadas, dejando que el mercado imponga sus reglas, solo reduce al Estado a un rol subsidiario del quehacer privado, es decir, cuando el privado no se interesa en participar, el Estado lo sustituye.

Esta privatización de la educación impuesta por el modelo mercantil, lejos de resolver o corregir la desigual distribución de los bienes educacionales, tiende a profundizar las condiciones históricas de discriminación y de negación del derecho a una educación de calidad a que se ven sometidos los sectores populares y de menores ingresos.

La actual estructura del sistema educacional, ha generado escuelas ricas para niños ricos y escuelas pobres para niños pobres. O lo que es lo mismo, ha generado escuelas de alta calidad para las elites y escuelas de baja calidad para niños del mundo popular.

De acuerdo al modelo imperante, Chile es el único país en el mundo que subsidia instituciones educacionales que persiguen fines de lucro.

Más de un millón de estudiantes del sistema escolar asisten a Establecimientos Educacionales con fines de lucro (31%). El Sistema municipal (público) representa una matrícula del 46% de los alumnos del sistema y la matrícula en los Establecimientos con fines de lucro ha aumentado en un 80% desde 1992.

No obstante, lo más complejo de este modelo es que está ausente el factor de la “calidad”, ya que según las evidencias, cada año egresan de Educación Media cien mil jóvenes que no comprenden lo que leen, con una tasa de deserción (65% en los dos quintiles más pobres), y los que logran egresar, son captados por un sistema de educación superior absolutamente desregulado, o por un precario mercado laboral.

En la educación superior, el lucro está legalizado para los centros de formación técnica e institutos profesionales. La mayoría son instituciones con fines de lucro: (83%) y sólo un 17% no tienen fines de lucro. Esta situación es un factor de segregación, ya que son los sectores de menores ingresos los que generalmente acceden a los centros de formación técnica y no a las universidades.

Modelo de Educación como un Derecho

Frente al modelo de educación de mercado, se presenta otro modelo, que considera la educación como un derecho fundamental.

Los instrumentos normativos de las Naciones Unidas y la UNESCO estipulan las obligaciones jurídicas internacionales del derecho a la educación. Estos instrumentos promueven y desarrollan el derecho de cada persona a disfrutar del acceso a la educación de calidad, sin discriminación ni exclusión.

El derecho a la educación es simultáneamente un derecho fundamental individual, social y político, constituyéndose en un prototipo de la indivisibilidad de los derechos, fundado en la dignidad humana.

El derecho a la educación está integrado tanto por normas constitucionales como por los principios consagrados por el derecho internacional de los derechos humanos, ratificados y vigentes para Chile.

Por lo tanto, el Estado tiene obligaciones inmediatas respecto del derecho a la educación, como la "garantía" del ejercicio de los derechos sin discriminación alguna, respecto de la cual le asiste la obligación de adoptar medidas para lograr su plena aplicación.

El derecho a la educación en Chile, está consagrado en la Constitución Política del Estado, en el artículo 10 del capítulo III, otorgándoles a los padres la responsabilidad primera de educar a sus hijos,… “Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos”. Pero, además sostiene que es deber de la comunidad “contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación”, lo cual implica que el Estado cumple un “rol subsidiario” en educación, es decir, que reconoce constitucionalmente su impedimento de hacerse cargo de la tarea educativa en su totalidad, desempeñando un rol complementario, privilegiando a los padres como principales responsables de la misma, junto a la comunidad en general.

Por otra parte, el Artículo 11 de la Constitución, admite que los establecimientos escolares son formas de organización intermedia de la sociedad que actúan bajo el principio de la libertad de enseñanza. Por consiguiente, se afirma el derecho de los particulares a “abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales”, teniendo como únicas limitantes “las impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional”.

Tanto la Constitución, como la normativa actual, no reconocen la existencia de un Estado “Garante” y “Responsable”, única forma de asegurar el derecho a la educación de los niños y jóvenes, y que a la vez pueda regular la calidad de la educación privada.

Por otro lado, no garantiza una focalización de recursos financieros y educativos en los sectores más vulnerables, ya que ni los Municipios ni los sostenedores privados que reciben subvención del Estado, han demostrado en forma fehaciente tener las capacidades para gestionar una educación de calidad e inclusiva.

Finalmente, el actual modelo no prohíbe el lucro, y los sostenedores, a través de sociedades de derecho privado - con fin de lucro-, con giro único educación, pueden obtener importantes utilidades que no siempre se reinvierten en el mismo proceso educativo.

El desafío que enfrentamos es ser capaces de rescatar la educación pública, deteniendo su dramática caída, lo cual va más allá de un cambio de institucionalidad, también se requiere crear capacidades desde el Estado y la sociedad para garantizar que la educación sea un Derecho fundamental.

Sólo así estaremos avanzando a ser una sociedad más justa, con igualdad de oportunidades y más democrática, ejes fundamentales para aspirar a ser una sociedad desarrollada.

Desde Facebook:

Guía de uso: Este es un espacio de libertad y por ello te pedimos aprovecharlo, para que tu opinión forme parte del debate público que día a día se da en la red. Esperamos que tus comentarios se den en un ánimo de sana convivencia y respeto, y nos reservamos el derecho de eliminar el contenido que consideremos no apropiado