15JUN2016

La desconocida ley de responsabilidad penal de las empresas

Se ha hecho costumbre en Chile que cada vez que estalla un caso mediático aparecen voces que anuncian nuevos proyectos legislativos y piden más leyes para castigar estos hechos. Así ha ocurrido también con los escándalos de malas prácticas empresariales de los que hemos sido testigos en los últimos años.

Pero lo que esconden esas opiniones es desconocimiento. Muchos de los que lanzan ideas a través de la prensa ignoran que ya existe en nuestra legislación vigente la herramienta necesaria para sancionar la responsabilidad penal de las empresas.

Es el caso de la ley N° 20.393 que data del 2009, y que fue tramitada para adecuarse al ingreso a la Organización para la  Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Esta ley, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Cohecho, impone castigos directos a las empresas involucradas que llegan incluso a la disolución de la sociedad, además de otras sanciones como pérdida de beneficios tributarios, la prohibición de concretar contratos con el Estado, y multas de hasta US$1,5 millones, entre otros.

El Consejo de Defensa del Estado se ha querellado en varias oportunidades recurriendo a la Ley 20.393 en episodios de connotación  pública, como el caso Penta. Y recientemente, cuando la justicia dictó sentencia contra los primeros condenados del caso CNA por las irregularidades en la entrega de acreditaciones para universidades, se aplicó una multa de 2.000 UTM a la Universidad del Mar (más de 91 millones de pesos), apelando a la Ley 20.393.

Pero la Ley N° 20.393 va mucho más allá de su dimensión punitiva, porque una arista fundamental de su contenido es que introduce un cambio de paradigma, al fomentar la existencia de un modelo de prevención de delitos al interior de la empresa.

Hoy, muchas empresas siguen tomando palco, tranquilas porque cuentan con un “código de ética”, pero sabemos que eso no es suficiente. Por eso esta Ley N° 20.393 implica una nueva forma de concebir la gestión de las empresas, una innovación en la manera de establecer las relaciones entre altos ejecutivos y empleados y de vincularse con los consumidores, proveedores y  autoridades públicas.

Esto puede resumirse en una sola palabra, compliance, un concepto que debe internalizarse cada vez más en la gestión de una empresa y que representa todo un cambio de chip en pos de las buenas prácticas corporativas.

Mi postura es simple, no necesitamos más leyes, basta  con conocer las existentes, y aplicarlas en toda su dimensión.

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