¡Colaboradores del mundo, uníos!

De un tiempo a esta parte ha ido extendiéndose entre las áreas de recursos humanos de las empresas, la utilización de la palabra “colaborador” u otros conceptos para referirse a los trabajadores. Al igual que muchas modas, ha sido adoptada acríticamente por un número importante de empresas en sus comunicaciones internas, e incluso, en algunos reglamentos.

El origen de esta práctica no es local. De hecho, la multinacional estadounidense Walmart en su 2016 Annual Report señala tener “2,3 million associates worldwide”. Con asociados se refiere en realidad, a los trabajadores que se desempeñan en sus distintas cadenas de supermercados. En Chile, Walmart es una de las empresas que utiliza permanentemente el concepto colaborador en su comunicación corporativa.

¿Por qué, entonces, no utilizar el concepto “trabajadores” para referirse a ellos? ¿Por qué nombrarlos mediante eufemismos?

La relación de trabajo, en un modelo productivo moderno, es una relación compleja, que combina distintos rasgos que están en la esencia de la conflictividad laboral en sus expresiones individual y colectiva.

En primer lugar, la relación entre el trabajador y la empresa tiene, sin duda, un componente de colaboración. La producción requiere de la coordinación, más o menos armónica, de las acciones y habilidades de un conjunto de individuos que, sumadas permiten transformar la realidad.

Pero al mismo tiempo, la relación entre trabajador y empresa tiene un componente de conflicto, el que se genera en tres ámbitos principalmente: las condiciones de trabajo, es decir el marco organizacional de la producción y sus condiciones físicas, donde son crecientes los conflictos por la colisión entre el ejercicio de la dirección por parte del empleador y los derechos fundamentales del trabajador; el uso del tiempo, que en definitiva es el tiempo del trabajador puesto al servicio de la empresa y que desde temprano ha sido espacio de disputa, valga recordar la huelga de Chicago en 1886, y finalmente, la distribución del excedente generado en la producción, es decir, la disputa entre el interés del trabajador en mejorar su salario y el interés de la empresa en aumentar sus utilidades.

Y el rasgo distintivo en una relación laboral es que ese conflicto se expresa en un contexto de una enorme asimetría entre empresa y trabajador. La empresa controla la relación y por tanto tiene una capacidad mucho mayor de imponer sus términos al trabajador. No es un conflicto entre iguales.

Esta asimetría es la que ha llevado a los trabajadores a dotarse de una herramienta propia de defensa de sus intereses: el sindicato, y a exigir a la sociedad un marco regulatorio que les proteja frente al poder del empleador, el derecho del trabajo.

Todo ello se desconoce, semánticamente, cuando se utiliza el concepto de “colaborador” en reemplazo de “trabajador”. El lenguaje crea realidad o, en este caso, la oculta. La colaboración aparece como un acto casi voluntario, cuando en realidad estamos ante una persona que entrega su trabajo a cambio de una remuneración que le permite vivir. El trabajo lleva implícita la necesidad de remuneración y respeto de derechos. La colaboración no.

En una sentencia reciente del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo (T-16-2017), frente a la razón social DILOS (de Ripley) el juez se refiere al uso de la palabra “colaborador”. “Esta engañosa disposición da pie a una serie de errores conceptuales que derivan en una distorsión del cumplimiento de las obligaciones del empleador y los derechos de los trabajadores y trabajadoras en los estándares exigidos por la ley, al pretender tratar como iguales a quienes son distintos, evadiendo la responsabilidad de uno y exigiendo lo imposible al otro”.

Así, la utilización del concepto “colaborador” es señal de la permanente incomodidad del empleador con el trabajador. El mismo que reemplaza mediante la automatización y niega o encubre mediante el suministro, la subcontratación impropia o, en el caso del Estado, los honorarios fuera de norma. Como si evitando nombrarlo, dejase por fin de existir.

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