La seguridad pública es una de las principales preocupaciones de la ciudadanía. El aumento de los delitos violentos y la expansión del crimen organizado han intensificado la sensación de temor, exigiendo una respuesta efectiva por parte del Estado. Si bien la protección de la población depende en gran medida de la gestión de las autoridades y fuerzas policiales, también es fundamental contar con herramientas jurídicas que permitan a la ciudadanía exigir su derecho a vivir en un entorno seguro.
En este contexto, surge la pregunta de si la seguridad pública puede ser reconocida como un derecho humano, considerando que el ordenamiento jurídico chileno no lo consagra explícitamente. Garantizar seguridad implica proporcionar bienestar a individuos y comunidades, permitiéndoles vivir sin amenazas constantes. Desde una perspectiva moderna, la seguridad no puede separarse del concepto de Estado social y democrático de derecho, en el cual el Estado mantiene el monopolio de la fuerza, respeta irrestrictamente los derechos humanos y reconoce la seguridad como un derecho esencial de la ciudadanía.
El marco jurídico y la seguridad como derecho fundamental
A nivel internacional, no existe un reconocimiento claro de la seguridad como derecho humano. Sin embargo, puede inferirse a partir de derechos de primera generación, como el derecho a la vida, la integridad física y la libertad, ya que la seguridad es el mecanismo que permite su protección efectiva.
En Chile, la Constitución de 1980 establece en su artículo 1° que "es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la familia y a las personas", pero no la define como un derecho fundamental. La seguridad individual solo se menciona en el artículo 19 N° 7 y en el recurso de amparo del artículo 21, ambos relacionados con la libertad personal.
Los recientes procesos constituyentes rechazados intentaron consagrar la seguridad pública como un derecho humano. La primera propuesta constitucional establecía en su artículo 53 el "derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia", con el deber estatal de garantizarlo mediante políticas de prevención y coordinación interinstitucional. Además, aseguraba que este derecho debía protegerse de manera equitativa, evitando arbitrariedades y discriminaciones territoriales, lo que resulta crucial en contextos de alta vulnerabilidad y desigualdad social.
Por su parte, la segunda propuesta del Consejo Constitucional incluyó en su artículo 16, numeral 20 una norma más concisa: "El derecho a vivir en un entorno seguro. Es deber del Estado garantizar una protección efectiva de las personas contra la delincuencia, especialmente contra el terrorismo y la violencia criminal organizada".
Ambas iniciativas generaron debate. Algunos constitucionalistas, como Javier Couso, advirtieron que consagrar este derecho en la Constitución podría trasladar la definición de estrategias policiales a los jueces, quienes no están preparados para asumir esa función. También se cuestionó que normas de rango legal fueran incorporadas en la Carta Fundamental, lo que podría limitar la flexibilidad para diseñar políticas de seguridad.
La necesidad de un reconocimiento constitucional
En el ordenamiento jurídico chileno es difícil encontrar un reconocimiento explícito de la seguridad como derecho humano. La Constitución no lo menciona directamente, los tratados internacionales ratificados por Chile no lo establecen con claridad y la jurisprudencia nacional no ha desarrollado una interpretación en este sentido, a diferencia de otros países.
A pesar de estas limitaciones, es posible avanzar hacia el reconocimiento de la seguridad como un derecho humano. Para ello, es fundamental desarrollar bases jurídicas que permitan su consagración con mecanismos de protección efectivos, sin caer en una excesiva judicialización. La seguridad debe garantizarse a través de políticas públicas eficientes y equitativas, evitando desigualdades en su provisión y fortaleciendo la organización comunitaria para exigir su cumplimiento.
El reconocimiento constitucional de la seguridad como un derecho fundamental enviaría un mensaje claro a la ciudadanía, que hoy se siente desprotegida frente a la delincuencia y espera una respuesta firme del Estado. Cuando se reconoce como un derecho humano deja ser visto como un favor del Estado o el privilegio de unos pocos, sino que existe una obligación que podemos y debemos exigir.
Para ello, proponemos impulsar una reforma constitucional transversal que establezca este derecho de manera clara, situando a Chile a la vanguardia en su reconocimiento y protección, que debe venir respaldado por la ciudadanía. Este debate no solo es jurídico, sino también social y político. La seguridad pública no puede quedar relegada a un plano secundario; debe ser reconocida como una condición indispensable para el ejercicio de otros derechos fundamentales, como la vida, la educación, la salud y el trabajo. Su inclusión en la Constitución no solo fortalecería el marco normativo, sino que también respondería a una de las principales demandas ciudadanas: vivir en paz y sin miedo, con un enfoque preventivo que nos permite evitar las causas estructurales del delito y no solo sus consecuencias.
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