Terminar con el veto a la ciudadanía en el Parlamento ¡Ya!

La ideología que Jaime Guzmán instaló en la Constitución del 80, elaborada en el contexto de la guerra fría del siglo pasado, se basaba en una democracia protegida y defensora de toda amenaza posible, apoyándose en la doctrina de seguridad interior del Estado. Este era el pilar de un modelo constitucional que sospechaba a priori de todo y, por cierto, de sus ciudadanos/as y especialmente de aquellos/as organizados/as.

Por eso, no fue extraño constatar recientemente que carabineros, al año 2019, espiaba más a líderes sociales que a narcotraficantes.

Esta doctrina discrimina a las y los ciudadanos organizados y a sus representantes como queda establecido en la Constitución del 80, específicamente en el artículo 57 inciso 7, referido a las inhabilidades para optar al cargo de parlamentario para todo chileno/a que ejerza labores de dirigente social, vecinal, sindical o gremial. 

Esta radical impostura democrática sólo ha permitido que corporativamente el Parlamento excluya a priori la voz de quienes legítimamente representan los intereses ciudadanos, reunidos en las organizaciones que constituyen los cuerpos sociales intermedios.

Por si fuera poco, integra una quinta causal de inhabilidad, derivada de desempeñar, o haber desempeñado en los cuatro años anteriores a la elección, cargos directivos en organizaciones gremiales, sean éstas de índole empresarial, laboral, profesional o estudiantil.

Además de ello, establece el mismo plazo de cuatro años para todas las demás inhabilidades, salvo la correspondiente a “los ministros de Estado” y la relativa a “las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas o de sociedades que tienen o caucionar contratos con el Estado”, cargos a los cuales, por definición, no les es aplicable.

Lo anterior lo específica detallando que dicho plazo se ha determinado por dos razones. La primera, consiste en que el período parlamentario tiene una duración de cuatro años, de manera que la persona que deja el desempeño de un cargo antes de que se verifique una elección y en la esperanza de postular en la siguiente, marca una decisión bastante clara de trasladarse a otro campo de actividades.

La segunda, reside en que, después de transcurridos cuatro años, la persona está en la imposibilidad práctica de utilizar en la postulación parlamentaria los beneficios que supone el desempeño del cargo.

Es necesario y urgente entonces, ante la evidente crisis de representatividad y legitimidad, que aqueja al Parlamento y a los partidos políticos, de los cuales sólo el 5% de los chilenos/as participa activamente como militante, y en este tránsito histórico hacia una nueva Constitución, corregir esta injusticia e incorporar prontamente antes de la conformación de la Convención Constituyente, la derogación de estas inhabilidades para robustecer de legitimidad soberana al debate constituyente y al futuro Parlamento.

Cabe señalar que el último intento por revertir esta situación fue en el año 2017, iniciativa que fue votada en contra por los parlamentarios de derecha.

Es absolutamente necesario incorporar la voz de los ciudadanos/as organizados/as en los gremios, sindicatos, organizaciones culturales, ambientales, estudiantiles, étnicas, profesionales y  todas aquellas expresiones, que aporten a la construcción de una Constitución democrática que convoque y reúna a todas las aristas de la nación.

Nuestro anhelo es que hay que confiar en los ciudadanos/as y que los problemas de la democracia se solucionan solo con más libertades y más democracia.

Todo camino en sentido contrario, como el autoritarismo, los estados de excepción, las alteraciones a los derechos civiles y los acuerdos cupulares terminan socavando la democracia y fundando escenarios de vacíos de poder y tiranías, que con mucho dolor los chilenos ya conocemos y no queremos volver a repetir.

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