Un nuevo proceso legislativo acorde a las nuevas tecnologías

El avance exponencial de las tecnologías ha dejado en evidencia ciertas falencias de nuestros marcos institucionales tradicionales. El proceso legislativo chileno, diseñado en un contexto de crecimiento lineal y estable del conocimiento, enfrenta crecientes dificultades para regular innovaciones desarrolladas cada vez más rápido. Mientras la tramitación de una ley puede demorar años, las nuevas tecnologías dominan mercados en tema de meses o incluso semanas. Como nunca en nuestra historia, la realidad avanza más rápido que la regulación.

Casos tenemos bastantes. Actualmente, en materia de protección de datos tenemos vigente una ley promulgada en 1999 y recién a fines del próximo año comenzará a regir una nueva en la materia, llegando así casi dos décadas tarde. El transporte por aplicaciones como Uber o Didi se masificó hace cerca de 15 años y aún no tenemos una legislación que lo regule debido a la falta de reglamento para su aplicación. El comercio electrónico, las criptomonedas y la ciberseguridad muestran patrones similares: largos lapsos de vacíos normativos, implementación fragmentada y rezago respecto de estándares internacionales.

El procedimiento legislativo chileno se caracteriza por sus largos tiempos y múltiples etapas de deliberación, falta de asesoría especializada monopolizada principalmente por el Poder Ejecutivo y falta de mecanismos institucionales para la actualización ágil de normas técnicas. La consecuencia es clara: cuando la ley comienza a regir, la realidad que pretendía regular ya ha sido superada.

Ante esto, es necesario avanzar hacia un modelo legislativo capaz de adaptarse de manera más ágil a la realidad siempre cambiante. Presente en varias experiencias comparadas y recomendado por organismos internacionales, descansa en cinco pilares.

Primero, la creación de unidades técnicas permanentes con capacidad interdisciplinaria para anticipar tendencias tecnológicas, realizar análisis de impacto regulatorio y proveer insumos especializados a las comisiones del Congreso, donde la academia y organismos no gubernamentales tienen bastante que aportar.

Segundo, la formalización de los comúnmente denominados fast tracks legislativos, para materias de innovación crítica, con plazos perentorios y votaciones obligatorias, y cuyo incumplimiento tenga sanciones expresas, no como pasa actualmente con las urgencias legislativas, que su incumpliendo no tiene aparejado efecto alguno.

Tercero, la masificación de leyes marco -como es el caso del proyecto de ley de inteligencia artificial- que delegue en reglamentos los aspectos técnicos que requieren mayor flexibilidad. Esto debe ir aparejado de un nuevo modelo de creación de reglamentos que en muchos casos demoran lo mismo o incluso más que la creación de las leyes, lo que les resta todo su propósito de existencia.

Cuarto, la institucionalización de sandboxes regulatorios, que permitan pilotear soluciones normativas en entornos controlados antes de su implementación general, reduciendo riesgos y acortando tiempos. Y quinto, la adopción de mecanismos de evaluación continua y sunset clauses, que obliguen a revisar y actualizar la normativa en intervalos definidos, evitando que permanezcan vigentes marcos obsoletos.

Hay consenso mundial que la tecnología debe ser regulada, el desafío es hacerlo a tiempo, ya que llegar tarde muchas veces puede ser igual de grave que no regular. Por esto urge avanzar en un nuevo diseño de procedimientos legislativos capaces de adaptarse a un entorno tecnológico en permanente innovación, para así preservar la legitimidad del sistema político en la era digital.

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