El Cuarto Diagnóstico sobre Empresas y Derechos Humanos Chile 2025, elaborado por el Programa de Sostenibilidad Corporativa de la Pontificia Universidad Católica de Chile, señala que el sector eléctrico lidera la gestión de derechos humanos en el país. El dato es relevante, pero también inquietante. No porque sea falso, sino porque es incompleto. Y en materia de derechos humanos, la incompletitud no es neutra.
El propio diagnóstico es explícito respecto de su alcance: evalúa el grado de institucionalización de políticas, sistemas de gestión y estructuras de gobernanza, a partir de información pública reportada por las empresas. No mide impactos reales, no evalúa desempeño en crisis, no contrasta lo declarado con lo ocurrido. Mide arquitectura institucional, no consecuencias. Declaración, no experiencia.
El problema es que, mientras los informes hablan de compromisos, indicadores y progresos, los apagones de 2024 y 2025 dejaron otra huella: personas electrodependientes fallecidas, hogares sin suministro por días y semanas, sanciones administrativas, procesos penales abiertos y una infraestructura crítica que colapsó frente a riesgos largamente anunciados. Entre lo que se reporta y lo que ocurre se abre una grieta que no puede seguir relativizándose.
El Informe Anual de Derechos Humanos 2025 de la Universidad Diego Portales fue categórico al analizar estos hechos. En sectores que prestan servicios esenciales, como la electricidad, la responsabilidad empresarial no puede entenderse en clave reputacional ni voluntaria. Aquí no está en juego la imagen corporativa, sino el derecho a la vida y a la salud. Cuando una empresa sabe -o debe saber- que su falla puede tener consecuencias fatales, el estándar exigible es más alto. No es una opción ética. Es una obligación jurídica.
La paradoja es evidente: un sector puede liderar rankings de sostenibilidad y, al mismo tiempo, fallar gravemente en la protección de derechos básicos. Esto ocurre cuando la gestión de derechos humanos se concibe como cumplimiento formal y no como deber sustantivo, es decir, cuando los derechos se administran como una matriz de riesgo y no como un límite infranqueable. En definitiva, reportar políticas no implica garantizar.
El sector eléctrico opera infraestructura crítica. Eso no es una etiqueta retórica, sino una condición material que impone deberes reforzados de prevención, continuidad y respuesta. En contextos de crisis climática, los apagones ya no son eventos excepcionales ni imprevisibles. Son riesgos conocidos. Y frente a riesgos conocidos, la omisión deja de ser técnica para convertirse en responsabilidad.
El propio diagnóstico UC reconoce sus límites y señala que sus resultados deben complementarse con el análisis de sanciones, resoluciones administrativas, fallos judiciales, estudios de incidentes y respuestas institucionales. Esa advertencia es crucial, no obstante, corre el riesgo de lecturas (auto)complacientes. El problema no es el diagnóstico, sino usarlo como certificado de suficiencia.
Las preguntas incómodas que emergen son otras: ¿De qué sirve liderar en políticas si, cuando falla el sistema, los costos recaen sobre los hogares más vulnerables? ¿Qué valor tiene la debida diligencia si no evita muertes evitables? ¿Qué significa "gestionar derechos humanos" cuando la electricidad falta precisamente cuando más se necesita?
Tal vez el desafío del sector eléctrico no sea seguir perfeccionando sus reportes, sino ensayar una autocrítica más profunda. Mirar más allá del cumplimiento declarativo y asumir que la legitimidad no se construye en rankings, sino en la capacidad efectiva de no fallar cuando fallar no es una opción.
Mientras la luz siga apagándose en los momentos críticos, hablar de liderazgo seguirá siendo una afirmación frágil, sostenida por la intermitencia del discurso. Y los derechos humanos, una vez más, quedarán reducidos a lo que nunca debieron ser: una promesa bien escrita que no alcanzó a cumplirse.
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