Cada verano, frente a incendios forestales de gran magnitud, resurge una pregunta comprensible desde la urgencia y el dolor de las comunidades afectadas: ¿por qué las aeronaves de combate no continúan operando durante la noche?
En ese contexto, se ha instalado la percepción de que existiría una negativa del control de tránsito aéreo o una prohibición general impuesta por la autoridad aeronáutica. Sin embargo, esa lectura no solo es incorrecta, sino que invisibiliza un aspecto central del sistema: la existencia de una normativa específica y una disposición permanente a colaborar, dentro de los márgenes que la seguridad operacional permite.
En Chile, las operaciones aéreas se rigen por normas técnicas cuyo objetivo principal es proteger la vida humana. La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) establece este marco regulatorio, que incluye de manera expresa las operaciones de extinción de incendios forestales, incluso durante la noche.
La Norma Aeronáutica DAN 137 - Trabajos Aéreos, en la sección 137.811, regula específicamente las operaciones nocturnas de combate de incendios. Esta disposición no prohíbe dichas operaciones, pero las define como excepcionales, sujetas al cumplimiento de requisitos adicionales: acreditación especial ante la DGAC, experiencia de tripulaciones, equipamiento adecuado de las aeronaves, bases seguras, procedimientos operativos específicos y condiciones claras de descanso y mantenimiento. Es decir, el vuelo nocturno existe en la normativa, pero no como una operación rutinaria ni improvisada.
Desde la perspectiva del control de tránsito aéreo, el enfoque frente a estas operaciones ha sido históricamente colaborativo al máximo. Cuando se desarrollan vuelos de combate de incendios, los controladores segregan el espacio aéreo, separando las zonas de trabajo de las aeronaves de extinción del resto de los vuelos controlados, precisamente para facilitar la operación y reducir riesgos. Esta coordinación permite que los recursos aéreos actúen con mayor libertad dentro de un entorno seguro y ordenado.
El problema, entonces, no radica en la voluntad del control aéreo, sino en las condiciones estructurales y sistémicas que requiere una operación nocturna segura: cartografía detallada de obstáculos, rutas certificadas, iluminación adecuada, comunicaciones reforzadas, tecnologías específicas y entrenamiento prolongado tanto de pilotos como de controladores. En escenarios nocturnos, a baja altura, en zonas montañosas y con obstáculos no iluminados, el margen de error se reduce drásticamente, y cualquier falla puede tener consecuencias fatales.
Es cierto que existen experiencias internacionales de combate aéreo nocturno exitoso. Pero todas ellas comparten un elemento común: no surgieron como respuesta reactiva a una emergencia, sino como resultado de políticas públicas de largo plazo, con inversión sostenida, desarrollo normativo, certificaciones y años de preparación.
Por ello, el debate que Chile debe dar no es si "se autoriza o no" volar de noche, sino si estamos dispuestos a construir las condiciones reales para que ello sea posible sin poner en riesgo a quienes operan en el aire. Los controladores de tránsito aéreo, lejos de ser un obstáculo, somos parte esencial de esa solución, aportando experiencia, coordinación y una mirada sistémica de la seguridad del espacio aéreo que administramos.
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