Con la llegada de marzo y abril, todos despertamos de la larga siesta del verano y recordamos que es momento de comenzar a saldar nuestras deudas. En abril, además, se deben pagar los impuestos a la renta y la primera cuota de las contribuciones. Este año, sin embargo, es especial, porque es un año electoral, lo que significa que hay oportunidades para solicitar reducciones de deudas, condonaciones y una serie de otras ventajas. Como suelo decir, ha comenzado la época de ofertas, y entre ellas se encuentra la posibilidad de eliminar las contribuciones o el impuesto territorial. En esta breve columna, abordaremos los aspectos centrales de este impuesto.
Al analizar la determinación de las contribuciones, es evidente que su base no está clara. Los cálculos de los nuevos valores o las variables que influyen en ellos no están especificados. La labor del Servicio de Impuestos Internos (SII) ha sido objeto de críticas, ya que no existen parámetros que ayuden a clarificar estos nuevos valores. En términos simples, el aumento en el valor de una propiedad debería estar relacionado con los nuevos servicios que ofrece una comuna, como el metro o la infraestructura vial, que pueden incrementar el valor de una propiedad. Sin embargo, no se proporciona una tabla o variables que permitan a los contribuyentes aproximarse a los valores establecidos por la entidad gubernamental.
Además, hay una perspectiva que considera este impuesto como un gravamen a la propiedad o al patrimonio, sin tener en cuenta la disminución de ingresos que enfrentan muchas personas al jubilarse. Esto puede llevar a una especie de expropiación, obligando a los jubilados a buscar otra comuna para vivir, lo que podría forzarlos a vender o arrendar su propiedad. Esta situación puede resultar en la pérdida del entorno social y de seguridad que han construido a lo largo de su vida.
Por otro lado, es importante destacar que las contribuciones tienen un aspecto positivo: La distribución de lo recaudado. Muchos de estos recursos se quedan en la comuna donde se encuentra la propiedad afectada por el impuesto, y una parte se redistribuye entre las comunas más necesitadas del país.
Después de esta breve explicación, es claro que se necesita una revisión urgente de la transparencia en los cálculos de las contribuciones. En cuanto a la exención de estos impuestos para las personas jubiladas, tengo mis dudas sobre la idea de una exención total. Mi desacuerdo radica en la naturaleza del impuesto: se trata de un gravamen a la propiedad, y esa propiedad, se ubica en una comuna o región específica, lo que tiene un costo. Eximir completamente a los jubilados podría reducir el pago de impuestos para una persona en particular, pero beneficiaría a otros (herederos) en el futuro, quienes, al vender, podrían obtener mayores ingresos sin pagar impuestos.
En resumen, la eliminación o exención de tributos para las personas jubiladas debería ser el resultado de un estudio exhaustivo de cada caso, y no simplemente una medida popular en un contexto electoral. Sería más adecuado implementar políticas que permitan diferir los pagos hasta la venta de la propiedad o el cambio de propietario (herederos).
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